Default de la calculadora: ingreso Q15,000/mes en régimen simplificado → ISR Q750/mes (Q9,000/año), neto estimado Q14,250 (tasa efectiva 5%).
En el régimen opcional simplificado, el ISR se estima sobre ingresos brutos: 5% hasta Q30,000 mensuales y 7% sobre el excedente. En utilidades, se anualiza, se restan deducciones + Q48,000 de deducción personal de referencia, y se aplican 5% hasta Q300,000 de renta imponible y 7% sobre el excedente. Es una estimación (Decreto 10-2012); no incluye IGSS ni es un dictamen fiscal. ¿Eres asalariado (relación de dependencia)? Tu retención 2026 usa la deducción de Q51,024 (Q48,000 + Q3,024, Decreto 13-2026) más IGSS: estímala en la calculadora de sueldo neto Guatemala.
¿Necesitas el impuesto trimestral sobre activos o ingresos del negocio? Es el Impuesto de Solidaridad (ISO, Decreto 73-2008), un gravamen trimestral de 1% sobre la mayor base entre la cuarta parte del activo neto y la cuarta parte de los ingresos brutos. Estímalo con la calculadora de ISO Guatemala.
No sustituye la declaración en la SAT ni un contador. Confirmá tarifas y plazos en el portal de la SAT. Verificado: agosto 2026.
Ejemplos rápidos (usa la calculadora arriba)
| Escenario | Entrada | Resultado aproximado |
|---|---|---|
| Ingreso medio | Q15,000 · simplificado | ISR mensual ≈ Q750 (5%) |
| Consultor sobre Q30k | Q45,000 · simplificado | ISR mensual ≈ Q2,550 |
| Negocio con gastos | Q50,000/mes · utilidades · Q15,000 deducciones | Compara con simplificado en la misma pantalla |
| Factura de servicios | Cotizas neto + IVA | Estima retención con la calculadora de retenciones ISR e IVA |
Cómo se calcula el ISR en Guatemala
El ISR (Decreto 10-2012) grava ingresos obtenidos en Guatemala. La calculadora de arriba estima dos caminos para independientes y negocios: simplificado (mensual sobre brutos) o sobre utilidades (anual con gastos deducibles). Si sos asalariado, tu retención usa otra proyección anual: andá directo a sueldo neto Guatemala.
Base legal de referencia: Decreto 10-2012 y reformas; Decreto 13-2026 (deducción extraordinaria de Q3,024 para rentas del trabajo en relación de dependencia, ejercicio 2026); Acuerdo Gubernativo 213-2013.
Regímenes del ISR para Personas Individuales
Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos
Para quienes prefieren simplicidad administrativa: se declara sobre ingresos brutos, sin deducir gastos.
Características Principales
- Base imponible: Ingresos brutos (sin deducciones de gastos)
- Periodicidad: Mensual
- Límite anual: Sin límite de facturación
- Ventaja: Simplicidad administrativa
- Desventaja: No permite deducir gastos
Tarifas Vigentes 2026
| Rango de Ingreso Mensual | Tarifa |
|---|---|
| De Q0.01 a Q30,000 | 5% |
| Más de Q30,000 | 7% sobre el excedente |
Fórmulas de Cálculo
Para ingresos ≤ Q30,000:
ISR mensual = Ingreso mensual × 5%
Para ingresos > Q30,000:
ISR mensual = (Q30,000 × 5%) + ((Ingreso mensual - Q30,000) × 7%)
ISR mensual = Q1,500 + ((Ingreso mensual - Q30,000) × 7%)
Ejemplos Prácticos Régimen Simplificado
Ejemplo 1: Profesional independiente con Q25,000 mensuales
- ISR mensual: Q25,000 × 5% = Q1,250
- ISR anual: Q1,250 × 12 = Q15,000
Ejemplo 2: Consultor con Q45,000 mensuales
- Primera banda: Q30,000 × 5% = Q1,500
- Segunda banda: (Q45,000 - Q30,000) × 7% = Q1,050
- ISR mensual: Q1,500 + Q1,050 = Q2,550
- ISR anual: Q2,550 × 12 = Q30,600
Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas
Este régimen permite deducir gastos y es más favorable para contribuyentes con gastos significativos documentados.
Características Principales
- Base imponible: Renta neta (ingresos menos gastos deducibles)
- Periodicidad: Pagos trimestrales a cuenta, liquidación anual
- Deducción personal: Q48,000 anuales (referencia del modelo educativo)
- Ventaja: Permite deducir gastos documentados
- Complejidad: Requiere contabilidad formal
Tarifas Vigentes 2026
| Ranga de Renta Imponible Anual | Tarifa |
|---|---|
| De Q0.01 a Q300,000 | 5% |
| Más de Q300,000 | 7% sobre el excedente |
Fórmulas de Cálculo
1. Cálculo de Renta Imponible:
Renta Imponible = Ingresos Anuales - Costos y Gastos Deducibles - Deducción Personal (Q48,000)
2. Cálculo del ISR:
Para renta ≤ Q300,000:
ISR = Renta Imponible × 5%
Para renta > Q300,000:
ISR = (Q300,000 × 5%) + ((Renta Imponible - Q300,000) × 7%)
ISR = Q15,000 + ((Renta Imponible - Q300,000) × 7%)
Ejemplos Prácticos Régimen Sobre Utilidades
Ejemplo 1: Profesional independiente
- Ingresos anuales: Q600,000
- Gastos deducibles: Q200,000
- Deducción personal: Q48,000
- Renta imponible: Q600,000 - Q200,000 - Q48,000 = Q352,000
Cálculo del ISR:
- Primera banda: Q300,000 × 5% = Q15,000
- Segunda banda: (Q352,000 - Q300,000) × 7% = Q3,640
- ISR anual: Q15,000 + Q3,640 = Q18,640
Ejemplo 2: Comerciante
- Ingresos anuales: Q480,000
- Gastos deducibles: Q180,000
- Deducción personal: Q48,000
- Renta imponible: Q480,000 - Q180,000 - Q48,000 = Q252,000
Cálculo del ISR:
- Como Q252,000 < Q300,000, aplica solo la primera banda
- ISR anual: Q252,000 × 5% = Q12,600
Gastos Deducibles en el Régimen Sobre Utilidades
Gastos Generalmente Deducibles
- Sueldos y salarios: Incluye prestaciones laborales
- Alquileres: De inmuebles usados para generar rentas gravadas
- Servicios básicos: Energía, agua, teléfono del negocio
- Materiales y suministros: Directamente relacionados con la actividad
- Depreciaciones: Según tablas de vida útil de la ley
- Seguros: Que protejan bienes generadores de renta gravada
- Intereses: De préstamos destinados al negocio
- Gastos de viaje: Comprobados y relacionados con la actividad
Gastos No Deducibles
- Gastos personales o familiares
- Multas y sanciones
- Gastos no documentados con facturas
- Reservas o provisiones contables
- Gastos de representación (limitados al 0.5% de los ingresos brutos)
Requisitos para Deducibilidad
Para que un gasto sea deducible debe cumplir:
- Causalidad: Estar directamente relacionado con generar renta gravada
- Necesidad: Ser normal en la actividad empresarial
- Documentación: Respaldado con factura electrónica válida
- Proporcionalidad: No ser excesivo en relación con el beneficio esperado
- Registros contables: Estar debidamente registrado en contabilidad
Pagos Provisionales y Liquidación Anual
Sistema de Pagos Trimestrales
Los contribuyentes del régimen sobre utilidades deben realizar pagos provisionales trimestrales:
Cálculo de Pagos Trimestrales
Método 1 - Sobre ingresos del trimestre:
Pago trimestral = Ingresos del trimestre × 2%
Método 2 - Sobre renta imponible estimada:
Pago trimestral = (Renta imponible estimada anual × tarifa correspondiente) ÷ 4
Calendario de Pagos Trimestrales 2026
| Trimestre | Período | Vencimiento |
|---|---|---|
| 1er | Enero-Marzo | 30 de abril |
| 2do | Abril-Junio | 31 de julio |
| 3er | Julio-Septiembre | 31 de octubre |
| 4to | Octubre-Diciembre | 31 de enero 2027 |
Liquidación Anual
La liquidación definitiva se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente:
ISR a pagar = ISR calculado anual - Pagos provisionales realizados
Si los pagos provisionales exceden el ISR definitivo, el contribuyente tiene derecho a solicitar devolución o compensación.
Casos Especiales del ISR
Trabajadores en Relación de Dependencia
Motor de referencia para asalariados: sueldo neto Guatemala. Este es un régimen distinto a utilidades y simplificado: las rentas del trabajo tienen reglas propias (artículos 68-82 del Decreto 10-2012). La retención no usa una tabla mensual de tramos: el patrono proyecta la renta anual, resta la deducción personal y las cuotas del IGSS, aplica los tramos anuales de 5%/7% y divide el resultado entre 12:
- Renta anual proyectada: (salario + bonificación incentivo de Q250) × 12
- Menos deducción personal 2026: Q51,024 (Q48,000 + Q3,024 extraordinaria, Decreto 13-2026)
- Menos cuotas del IGSS (4.83% del salario base)
- Tramos anuales: 5% hasta Q300,000 de renta imponible y 7% sobre el excedente
- Retención mensual: ISR anual ÷ 12
| Renta imponible anual | ISR |
|---|---|
| Q0 - Q300,000 | 5% |
| Más de Q300,000 | Q15,000 + 7% sobre el excedente |
Para estimar tu retención y tu líquido mensual con IGSS incluido, usa la calculadora de sueldo neto Guatemala: es la herramienta de referencia de Calcufast para retenciones de asalariados.
Ejemplo de Retención Salarial 2026
Empleado con salario mensual de Q10,000 (más bonificación incentivo de Q250):
- Renta anual proyectada: (Q10,000 + Q250) × 12 = Q123,000
- IGSS anual: Q10,000 × 4.83% × 12 = Q5,796
- Renta imponible: Q123,000 - Q51,024 - Q5,796 = Q66,180
- ISR anual: Q66,180 × 5% = Q3,309
- Retención mensual aproximada: Q3,309 ÷ 12 = Q275.75
Es el mismo cálculo que usa la calculadora de sueldo neto de Guatemala, que además descuenta el IGSS para mostrar tu neto mensual.
Profesionales Liberales Colegiados
Los profesionales colegiados tienen opciones especiales:
- Régimen general: Como cualquier otra actividad lucrativa
- Tarifa fija del 5%: Sobre ingresos brutos (sin deducción de gastos)
- Retención del 15%: Cuando prestan servicios a empresas
Personas Jurídicas
Las sociedades mercantiles pagan ISR sobre sus utilidades:
- Tarifa: 25% sobre utilidades antes de impuestos
- Pagos trimestrales: Obligatorios
- Cierre contable: 31 de diciembre
- Liquidación: Hasta el 31 de marzo del año siguiente
Incentivos y Beneficios Fiscales
Exenciones del ISR
- Aguinaldo: Exento hasta el 100% del salario mensual ordinario (equivale a un mes de salario, así que en la práctica no paga ISR)
- Bono 14: Exento hasta el 100% del salario mensual ordinario (mismo tratamiento que el aguinaldo)
- Indemnizaciones laborales: Según límites legales
- Intereses bancarios: Hasta Q1,000 anuales para personas individuales
- Pensiones: Del IGSS y sistemas privados autorizados
Deducciones Especiales
Deducción Personal Ampliada
Además de la deducción personal básica de Q48,000 (que para asalariados sube a Q51,024 en 2026 por el Decreto 13-2026), se pueden deducir:
- Gastos médicos: Hasta Q5,000 anuales
- Gastos educativos: Hasta Q3,000 anuales por hijo menor de 25 años
- Intereses de créditos hipotecarios: Hasta Q12,000 anuales
- Donaciones: Hasta el 5% de la renta bruta, máximo Q500,000
Incentivos para PYMES
- Exención primeros años: Nuevas empresas pueden estar exentas hasta 2 años
- Depreciación acelerada: Para activos productivos
- Crédito fiscal por empleo: Para contratación de primeros empleos
Obligaciones Formales ante la SAT
Inscripción y Registro
- RTU (Registro Tributario Unificado): Obligatorio para todos los contribuyentes
- Elección de régimen: Al momento de inscripción o cambio anual
- Actualización de datos: Dentro de 30 días de cualquier cambio
Facturación Electrónica (FEL)
Desde 2019, es obligatorio emitir Facturas Electrónicas en Línea:
- Sistema FEL: Certificación con proveedor autorizado
- Emisión inmediata: Al momento de la venta o prestación del servicio
- Conservación: 4 años en formato electrónico
Libros y Registros Contables
Régimen Simplificado
- Libro de Ingresos: Registro cronológico de todas las facturas emitidas
- Libro de Compras: Registro de todas las compras con factura
Régimen Sobre Utilidades
- Libros principales: Diario, Mayor, Inventarios, Estados Financieros
- Libros auxiliares: Bancos, Clientes, Proveedores, etc.
- Legalización: Ante la SAT antes del primer uso
Declaraciones y Pagos
Calendario Fiscal 2026
| Obligación | Régimen | Vencimiento |
|---|---|---|
| ISR Mensual | Simplificado | 10 de cada mes |
| ISR Trimestral | Utilidades | Según tabla trimestral |
| Liquidación Anual | Utilidades | 31 de marzo |
| IVA Mensual | Ambos | 10 de cada mes |
Comparación de Regímenes: ¿Cuál Elegir?
Análisis Comparativo
Para determinar el régimen más conveniente, considera:
Régimen Simplificado es mejor cuando:
- Gastos deducibles < 30% de ingresos
- Prefieres simplicidad administrativa
- No tienes estructura contable formal
- Ingresos estables y predecibles
Régimen Sobre Utilidades es mejor cuando:
- Gastos deducibles > 40% de ingresos
- Tienes gastos médicos, educativos, hipotecarios significativos
- Cuentas con asesoría contable profesional
- Preferís declarar renta neta con facturas
Ejemplo Comparativo Práctico
Profesional con:
- Ingresos anuales: Q600,000
- Gastos documentados: Q150,000
- Gastos médicos: Q5,000
- Gastos educativos: Q3,000
Régimen Simplificado:
- Primeros Q360,000 (Q30,000×12): Q360,000 × 5% = Q18,000
- Excedente Q240,000: Q240,000 × 7% = Q16,800
- Total ISR: Q34,800
Régimen Sobre Utilidades:
- Renta neta: Q600,000 - Q150,000 - Q48,000 - Q5,000 - Q3,000 = Q394,000
- Primera banda: Q300,000 × 5% = Q15,000
- Segunda banda: (Q394,000 - Q300,000) × 7% = Q6,580
- Total ISR: Q21,580
Ahorro: Q34,800 - Q21,580 = Q13,220 (38% menos impuesto)
Sanciones y Multas
Infracciones Comunes y Multas
| Infracción | Multa | Observaciones |
|---|---|---|
| No inscribirse en RTU | Q500 - Q15,000 | Según tiempo de mora |
| Presentación tardía | 10% del impuesto | Mínimo Q500 |
| No presentar declaración | Q5,000 - Q50,000 | Según tamaño del contribuyente |
| Evasión fiscal | 100% del impuesto evadido | Más intereses |
| No implementar FEL | Q1,000 - Q10,000 | Por mes de incumplimiento |
Intereses Resarcitorios
La SAT cobra intereses sobre impuestos pagados fuera de plazo:
- Tasa anual: 18.25% (2026)
- Cálculo: Diario desde vencimiento hasta pago
Preguntas frecuentes
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) grava ingresos de personas individuales y jurídicas en Guatemala, con base principal en el Decreto 10-2012. Esta calculadora ofrece una estimación educativa, no una declaración oficial.
El régimen simplificado grava ingresos brutos mensuales (5% hasta Q30,000 y 7% sobre el exceso). El régimen sobre utilidades permite deducir gastos documentados, resta Q48,000 de deducción personal de referencia y aplica tramos anuales de 5%/7%. Ambos son regímenes de actividades lucrativas; los asalariados tienen reglas propias.
En el régimen sobre utilidades, la deducción personal anual de referencia es Q48,000 (unos Q4,000 mensuales). Para asalariados, en 2026 la deducción es Q51,024 (Q48,000 + Q3,024 del Decreto 13-2026), caso que cubre la calculadora de sueldo neto. Puede haber deducciones adicionales documentadas; confírmalas con la SAT o un contador.
Esa es una pregunta de retención laboral, no del régimen de actividades lucrativas de esta página. Para un asalariado en 2026, con deducción personal Q51,024 e IGSS (4.83%), la retención ronda Q276 al mes (incluye bonificación incentivo Q250). Calculalo en la calculadora de sueldo neto de Guatemala.
Si facturas servicios, el cliente puede retener ISR y/o IVA y pagarte menos del total facturado. Para estimar el pago neto de la factura usa la calculadora de retenciones ISR e IVA; esta página estima el ISR del régimen, no el desglose de una factura puntual.
En general no. El cambio de régimen se comunica a la SAT para el año siguiente, normalmente antes del 31 de diciembre. Verifica el procedimiento vigente en el portal de la SAT.
Herramientas y recursos
Plataforma SAT en línea
La SAT ofrece servicios digitales para inscripción en RTU, declaraciones, consulta de estado tributario, certificaciones y pagos en línea: portal.sat.gob.gt.
Si tus ingresos son altos, tenés varias fuentes o gastos deducibles complejos, conviene revisar el caso con un contador.
Del ISR a la factura y al sueldo neto
Si llegaste aquí porque un cliente te “descontó” de la factura, el flujo típico es:
- Cotizas un monto.
- Emite factura con IVA.
- El pagador retiene ISR y/o IVA.
- Recibes menos de lo esperado.
Para ese caso usa la calculadora de retenciones ISR e IVA Guatemala. Para el IVA puro, la calculadora de IVA Guatemala. Para el líquido con IGSS y otras cotas laborales, la calculadora de sueldo neto Guatemala y la calculadora IGSS. Para elegir régimen lado a lado, el comparador de regímenes ISR.
Calculadoras relacionadas:
- Comparador de regímenes ISR Guatemala
- Retenciones ISR e IVA (pago neto de factura)
- IVA Guatemala
- Crédito y débito fiscal IVA
- Sueldo neto Guatemala
- IGSS Guatemala
- Aguinaldo Guatemala
- Vacaciones Guatemala
Guías del blog:
- Guía del ISR para asalariados en Guatemala (2026)
- Impuestos en Guatemala: ISR, IVA e IUSI explicados
- Retenciones de ISR e IVA en facturas de Guatemala
- Errores al calcular ISR de asalariados
Recursos oficiales:
- SAT Guatemala: portal.sat.gob.gt
- Congreso de la República / Decreto 10-2012
- Formularios SAT: formularios.sat.gob.gt
Última verificación educativa: agosto 2026: tarifas y procedimientos de referencia; confirma siempre en la SAT.