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Aguinaldo Guatemala: Q10,000 salario → Q10,000 de bono

El aguinaldo es una prestación laboral obligatoria en Guatemala. Equivale a un salario mensual por cada período completo (1 dic–30 nov) y se paga de forma proporcional si no trabajaste los 12 meses. La base legal es el Decreto 76-78.

Respuesta rápida (default de la calculadora)

Con salario ordinario de Q10,000 y período completo, el aguinaldo de ley es Q10,000. Si trabajaste solo 6 meses del período: Q5,000. En la práctica suele pagarse antes del 15 de diciembre (el Decreto 76-78 permite 50% en diciembre y 50% en enero).

Estimación informativa

Esta calculadora ayuda a estimar montos de referencia. No sustituye la liquidación oficial de RR. HH., contador o Ministerio de Trabajo. Casos con comisiones variables, suspensiones o acuerdos especiales deben revisarse con la documentación real.

Aguinaldo y Bono 14: las dos prestaciones anuales

En Guatemala conviven dos prestaciones anuales de un salario cada una: el aguinaldo (Decreto 76-78, se paga en diciembre por el período diciembre–noviembre) y el Bono 14 (Decreto 42-92, se paga a más tardar el 15 de julio por el período julio–junio). Ambos se calculan sobre el salario ordinario del período y son proporcionales si no trabajaste el año completo.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Aguinaldo completo (12 meses)

Aguinaldo = Salario mensual ordinario

Aguinaldo proporcional

Aguinaldo = (Salario mensual × meses trabajados del período) ÷ 12

También se usa la forma por días:

Proporcional por días

Aguinaldo = Salario mensual ÷ 365 × días trabajados en el período

Período oficial y fecha de pago

ConceptoDetalle
Inicio del período1 de diciembre
Fin del período30 de noviembre del año siguiente
Pago (práctica habitual)Antes del 15 de diciembre
Pago (estructura legal)50% 1.ª quincena de diciembre + 50% 2.ª quincena de enero
Base legalDecreto 76-78

¿Qué salario se usa?

  • Salario ordinario mensual
  • Comisiones habituales, si forman parte de la remuneración regular
  • Bonificaciones fijas pactadas de forma habitual

No uses el sueldo líquido (después de IGSS/ISR) como base. El cálculo parte del salario ordinario.

Ejemplo con salario de Q10,000

Caso 1: período completo

ConceptoValor
Salario mensualQ10,000
Meses del período12
AguinaldoQ10,000.00

Caso 2: 6 meses trabajados

ConceptoCálculoMonto
Meses del período6 de 1250%
Aguinaldo proporcionalQ10,000 × 6 ÷ 12Q5,000.00

Tabla rápida de proporcionales (salario Q10,000)

Meses trabajadosProporciónAguinaldo estimado
11/12Q833.33
33/12Q2,500.00
66/12Q5,000.00
99/12Q7,500.00
1212/12Q10,000.00

Aguinaldo vs Bono 14

PrestaciónPeríodoPagoBase legal
Aguinaldo1 dic – 30 novDiciembre (y/o enero)Decreto 76-78
Bono 141 jul – 30 junHasta 15 de julioDecreto 42-92

Ambas equivalen a un salario mensual por período completo y se pagan proporcionales si la relación laboral termina antes.

¿Me toca aguinaldo si renuncio o me despiden?

Sí, el aguinaldo proporcional corresponde al terminar el contrato por el tiempo trabajado del período (Decreto 76-78, Art. 5). En la práctica habitual se incluye en renuncia voluntaria, despido (justificado o injustificado), mutuo acuerdo y terminación antes de la fecha de pago.

La diferencia importante: la indemnización solo suele aplicar en despido injustificado o despido indirecto. El aguinaldo proporcional no depende de eso.

¿Paga ISR el aguinaldo? (Art. 70)

Según la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012, Art. 70), el aguinaldo está exento del ISR hasta el 100% del sueldo o salario ordinario mensual:

  • Monto exento: hasta un salario ordinario mensual completo
  • Monto gravable: solo lo que exceda ese límite (por ejemplo, si tu empleador paga un aguinaldo mayor al legal)

Como el aguinaldo de ley equivale exactamente a un salario mensual, en la mayoría de los casos lo recibes completo, sin descuento de ISR. Tampoco se le aplica la cuota del IGSS.

Salario mensualAguinaldo recibidoMonto exentoISR
Q4,000Q4,000Q4,000Q0
Q10,000Q10,000Q10,000Q0
Q10,000Q12,000 (pactado mayor)Q10,000Se grava el excedente de Q2,000

Errores comunes

  • Calcular sobre sueldo líquido en vez de salario ordinario
  • Usar el período del Bono 14 (jul–jun) por error
  • Olvidar comisiones habituales cuando sí forman parte del ingreso regular
  • Asumir que no corresponde si renunciás o te despiden: el proporcional sí aplica (Art. 5)
  • No pedir desglose al salir de la empresa

Checklist antes del pago de diciembre

  1. Confirma tu salario base y si hay comisiones habituales.
  2. Cuenta cuántos meses o días trabajaste del 1 dic al 30 nov.
  3. Si saliste antes de diciembre, pide el proporcional en el finiquito/liquidación.
  4. Compara el monto con esta calculadora y con boletas de pago.
  5. Guarda constancia de pago o desglose.

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Preguntas frecuentes

El Decreto 76-78 permite pagar el 50% en la primera quincena de diciembre y el 50% restante en la segunda quincena de enero. En la práctica, la mayoría de empleadores paga el 100% antes del 15 de diciembre.

Multiplica el salario mensual por los meses trabajados del período y divide entre 12. Ejemplo: Q10,000 × 6 ÷ 12 = Q5,000.

Sí. El Art. 5 del Decreto 76-78 reconoce el proporcional al terminar el contrato según el tiempo trabajado. Eso es independiente de la indemnización, que sí depende del tipo de despido.

Está exento del ISR hasta el 100% del sueldo o salario ordinario mensual (Decreto 10-2012, Art. 70). Como el aguinaldo de ley equivale a un salario, normalmente no hay retención. Tampoco se descuenta IGSS.

El aguinaldo se calcula de diciembre a noviembre y se paga en diciembre. El Bono 14 se calcula de julio a junio y se paga a más tardar el 15 de julio. Ambos equivalen a un salario por período completo.

Pide el desglose por escrito a la empresa. Si no hay respuesta o el monto es incorrecto, puedes orientarte en el Ministerio de Trabajo / Inspección de Trabajo o con un asesor laboral.