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Liquidación Guatemala: Q5,000 y 2.5 años → Q24,130.16

Si te despiden con Q5,000 del 1 ene 2023 al 30 jun 2025, el total estimado es Q24,130.16: indemnización Q14,559.38 (base del art. 82 con 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14), aguinaldo, Bono 14 y vacaciones.

Las cifras del título son un ejemplo. Cambia los datos para ver tu resultado.

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Datos
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Vacío = se usa tu salario mensual ordinario como promedio de los últimos 6 meses.

Vacío = se usa tu salario mensual ordinario, válido sólo si el salario no cambió y no hubo remuneraciones extraordinarias.

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Revisado: · Equipo Calcufast

Liquidación GT: Q5,000 y 2.5 años → Q24,130.16

Si te van a pagar al salir, este número junta indemnización (si aplica), aguinaldo, bono 14, vacaciones no gozadas y salarios pendientes. La base es el Código de Trabajo (Decreto 1441). No incluye preaviso del patrono: el aviso del art. 83 lo da el trabajador que renuncia, no es un rubro que el patrono pague al despedir. No firmes el papel si el desglose no cuadra.

Respuesta rápida (defaults de la calculadora)

Con salario Q5,000, inicio 1 ene 2023, último día trabajado 30 jun 2025 (912 días ≈ 2 años y 6 meses), despido injustificado y 10 días de vacaciones pendientes, el total estimado es Q24,130.16: indemnización Q14,559.38 (base del art. 82: Q5,000 de promedio + Q416.67 de aguinaldo + Q416.67 de Bono 14 = Q5,833.34 por año) + aguinaldo Q2,904.11 + bono 14 Q5,000.00 + vacaciones Q1,666.67.

Estimación informativa

Esta calculadora orienta antes de hablar con RR. HH., contador o Ministerio de Trabajo. No reemplaza una liquidación oficial ni cubre todos los casos especiales (comisiones, embargos, suspensiones, acuerdos o juicios).

¿Qué incluye la liquidación?

Concepto¿Cuándo aplica?Cómo se estima
IndemnizaciónDespido injustificado o despido indirectoBase del art. 82 × años de servicio. La base es el promedio de los últimos 6 meses + 1/12 de aguinaldo + 1/12 de Bono 14 (Decretos 76-78 art. 9 y 42-92 art. 4)
Aguinaldo proporcionalCasi siempre al terminarSalario × días del período vigente (≥ 1 dic) ÷ días del período completo (365 o 366)
Bono 14 proporcionalCasi siempre al terminarSalario × días del período vigente (≥ 1 jul) ÷ días del período completo (365 o 366)
Vacaciones no gozadasDías pendientes realesSalario diario × días pendientes
Salarios pendientesDías trabajados no pagadosSegún nómina y fecha de corte

Fórmulas principales

Indemnización

Base (art. 82) = Promedio de los últimos 6 meses + (Aguinaldo anual ÷ 12) + (Bono 14 anual ÷ 12)

Indemnización = Base × años de servicio (proporcional en fracciones)

El art. 82 fija un mes de salario por año de servicio y su base es el promedio de los últimos seis meses (inciso b). Los Decretos 76-78 (art. 9) y 42-92 (art. 4) exigen tomar en cuenta el aguinaldo y el Bono 14 devengados a razón de una doceava parte (1/12) cada uno. Con salario constante de Q5,000 esa base es Q5,000 + Q416.67 + Q416.67 = Q5,833.34 (7/6 del salario).

Aguinaldo y Bono 14 proporcionales

Aguinaldo = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 dic – 30 nov)

Bono 14 = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 jul – 30 jun)

Un período completo paga el 100% de un salario mensual, con o sin 29 de febrero. Si tu salida cae justo después del cierre (diciembre o julio), ese 100% se paga aparte y aquí solo se suma el proporcional del período en curso.

Vacaciones pendientes

Salario diario de vacaciones = promedio art. 134 ÷ 30

Vacaciones = Salario diario × días no gozados

Base del pago de vacaciones (art. 134). El pago de vacaciones no se calcula sobre el salario de este mes: el Código pide el promedio de las remuneraciones ordinarias y extraordinarias devengadas en el último año (últimos tres meses si la empresa es agrícola o ganadera). La herramienta tiene un campo para ese promedio y, si lo dejas vacío, usa el salario mensual ordinario como respaldo: eso sólo es válido si tu salario no cambió y no hubo comisiones, bonos ni extras habituales.

Período anterior que se paga aparte. Si sales en diciembre o en enero, el aguinaldo del período dic–nov que acaba de cerrar (50% en la primera quincena de diciembre y 50% en la segunda de enero) puede seguir pendiente; si sales en julio, lo mismo con el Bono 14 del período jul–jun (primera quincena de julio). El aviso muestra el monto de esos días y lo calcula proporcional a tu tiempo en ese período, así que si entraste a mitad de período no te muestra un sueldo completo.

Renuncia vs despido: qué cambia

Tipo de salidaIndemnizaciónAguinaldo / Bono 14VacacionesAviso previo (art. 83)
Despido injustificadoSíSíSíNo es rubro a favor del trabajador
Despido indirectoPuede aplicarSíSíNo es rubro a favor del trabajador
Renuncia voluntariaNoSíSíLo debe dar el trabajador
Despido justificadoNo usualSíSíRevisar causal
Mutuo acuerdoNegociableSíSíSegún acuerdo

Ejemplo bloqueado: despido injustificado → Q24,130.16

Datos del default: salario Q5,000 · inicio 1 ene 2023 · último día trabajado 30 jun 2025 (912 días) · 10 días de vacaciones · con indemnización

ConceptoCálculo de referenciaMonto
IndemnizaciónBase Q5,833.34 × 912 días (2a 6m)Q14,559.38
Aguinaldo proporcionalQ5,000 × 212 ÷ 365Q2,904.11
Bono 14 proporcionalQ5,000 × 365 ÷ 365 (período completo)Q5,000.00
VacacionesQ166.67 × 10Q1,666.67
Total estimadoQ24,130.16

Si el mismo caso fuera renuncia, se quita la indemnización (Q14,559.38) y el total baja a Q9,570.78.

Escenarios por salario (misma antigüedad 912 días)

Salario mensualIndemnizaciónTotal despido (10 vac.)Total renuncia
Q3,500Q10,191.57Q16,891.12Q6,699.55
Q5,000Q14,559.38Q24,130.16Q9,570.78
Q8,000Q23,294.99Q38,608.24Q15,313.25
Q10,000Q29,118.70Q48,260.25Q19,141.55

Ejemplos por antigüedad (salario × años)

Con la misma fecha de salida (30 jun 2025) y 10 días de vacaciones pendientes, la antigüedad cambia la indemnización (base del art. 82 × años) y deja fijas las prestaciones proporcionales del período (aguinaldo, bono 14 y vacaciones).

Salario mensualAntigüedadIndemnizaciónTotal despido injustificadoTotal renuncia
Q4,002.28 (salario mínimo 2026)1 añoQ4,669.32Q12,330.30Q7,660.98
Q4,002.28 (salario mínimo 2026)5 añosQ23,346.60Q31,007.58Q7,660.98
Q4,002.28 (salario mínimo 2026)10 añosQ46,693.20Q54,354.18Q7,660.98
Q5,0001 añoQ5,833.34Q15,404.12Q9,570.78
Q5,0005 añosQ29,166.70Q38,737.48Q9,570.78
Q5,00010 añosQ58,333.40Q67,904.18Q9,570.78
Q8,0001 añoQ9,333.34Q24,646.59Q15,313.25
Q8,0005 añosQ46,666.70Q61,979.95Q15,313.25
Q8,00010 añosQ93,333.40Q108,646.65Q15,313.25

En renuncia solo cambian las prestaciones proporcionales (la indemnización no aplica): por eso el total renuncia es el mismo en 1, 5 o 10 años. La indemnización de un año equivale a 7/6 del salario porque la base ya integra 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. La fila de Q4,002.28 usa el salario mínimo Guatemala 2026 (CE1 no agrícola, Acuerdo 256-2025). La bonificación incentivo de Q250 no entra en la base (Decreto 78-89, reformado por el 37-2001).

Aviso previo del trabajador (Art. 83)

Tiempo trabajadoAviso del trabajador que renuncia
Menos de 6 meses1 semana (7 días)
6 meses a menos de 1 año10 días
1 a menos de 5 años2 semanas (14 días)
5 años o más1 mes (30 días)

Esta escala del art. 83 es la obligación del trabajador que quiere terminar el contrato sin justa causa: no es una compensación que el patrono pague al despedir. Al despedir sin justa causa corresponde la indemnización del art. 82; el art. 80 permite al patrono reclamar el importe del preaviso solo si prueba en tribunales que el trabajador abandonó sus labores sin justa causa. Por eso la calculadora no suma ningún preaviso a tu favor.

Plazo de pago

La liquidación debe pagarse al terminar la relación laboral. En la práctica se habla de un plazo corto (referencia operativa cercana a 20 días ante orientación del Ministerio de Trabajo). Si no pagan, pide desglose por escrito y busca Inspección de Trabajo o asesoría.

Checklist antes de firmar el finiquito

  1. Confirma tipo de terminación.
  2. Revisa la base de la indemnización: promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. Si te ofrecen solo el salario mensual, falta un rubro.
  3. Cuenta vacaciones realmente pendientes.
  4. Verifica períodos de aguinaldo (1 dic – 30 nov) y bono 14 (1 jul – 30 jun), y que las fechas incluyan tu primer y último día trabajado.
  5. Pide desglose por rubro, no solo un total.
  6. Guarda copias de carta, finiquito y boletas.

Errores comunes

  • Meter indemnización en una renuncia
  • Usar sueldo líquido en vez de salario ordinario
  • Duplicar aguinaldo/bono 14 ya pagados del período completo (si sales en diciembre o julio, el período que cerró se paga aparte)
  • Sumar un preaviso a favor del trabajador cuando fue el patrono quien despidió
  • Olvidar vacaciones pendientes
  • Firmar “recibido conforme” sin desglose

Base legal

  • Código de Trabajo, Decreto 1441 (terminación, indemnización art. 82, vacaciones arts. 130–137, aviso del trabajador art. 83)
  • Decreto 76-78 (aguinaldo)
  • Decreto 42-92 (bono 14)
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social

Herramientas de apoyo

Guías del blog

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

  • Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 1441: regula la terminación de la relación laboral, preaviso, indemnización y demás prestaciones de la liquidación.

Incluye indemnización (si aplica), aguinaldo proporcional, bono 14 proporcional, vacaciones no gozadas y salarios pendientes. Ejemplo Q5,000 del 1 ene 2023 al 30 jun 2025 con despido: Q24,130.16. No incluye preaviso del patrono.

Sí, en lo proporcional: aguinaldo, bono 14 y vacaciones pendientes. Normalmente no incluye indemnización (en el ejemplo el total baja a Q9,570.78). El aviso previo del art. 83 lo debe dar quien renuncia.

Un mes de salario por año trabajado, proporcional por fracciones, sobre la base del art. 82: promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. Con Q5,000 y 912 días la base es Q5,833.34 y la indemnización Q14,559.38.

En la práctica se usan como sinónimos. Finiquito suele ser el documento de cierre; liquidación, el desglose económico.

Cuando el patrono incumple gravemente el contrato y el trabajador se da por despedido. Puede abrir derecho a indemnización.

Debe pagarse al terminar la relación. Si hay retraso o negativa, pide constancia escrita y busca orientación laboral.

Depende del rubro. Prestaciones de ley e indemnización pueden tratarse distinto al salario ordinario. Confirma con contador o RR. HH.

No. Si el despido ocurre dentro de los 2 meses de prueba (CT art. 81), no hay indemnización del art. 82 ni preaviso: solo salario, séptimo día, extras, bonificación y vacaciones ya devengados. Si el despido es el día 61 o después sin justa causa, la indemnización proporcional sí entra. Detalle en período de prueba en Guatemala: 2 meses y reglas de despido.

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  • Renuncia el 16 de julio: finiquito Q20,036.53 (10 vacaciones, Q20,000)
  • Un año con Q20,000: renuncia Q18,356.16; despido Q41,753.43
  • Liquidación a 4 años con Q22,000: renuncia Q20,191.78; despido Q122,928.74
  • Finiquito el 30 de junio: Q50,000 y 12 vac → Q99,041.10
  • Indemnización con Q60,000 y 5 años: Q350,191.78