Revisado: · Equipo Calcufast
Liquidación GT: Q5,000 y 2.5 años → Q24,130.16
Si te van a pagar al salir, este número junta indemnización (si aplica), aguinaldo, bono 14, vacaciones no gozadas y salarios pendientes. La base es el Código de Trabajo (Decreto 1441). No incluye preaviso del patrono: el aviso del art. 83 lo da el trabajador que renuncia, no es un rubro que el patrono pague al despedir. No firmes el papel si el desglose no cuadra.
Con salario Q5,000, inicio 1 ene 2023, último día trabajado 30 jun 2025 (912 días ≈ 2 años y 6 meses), despido injustificado y 10 días de vacaciones pendientes, el total estimado es Q24,130.16: indemnización Q14,559.38 (base del art. 82: Q5,000 de promedio + Q416.67 de aguinaldo + Q416.67 de Bono 14 = Q5,833.34 por año) + aguinaldo Q2,904.11 + bono 14 Q5,000.00 + vacaciones Q1,666.67.
Esta calculadora orienta antes de hablar con RR. HH., contador o Ministerio de Trabajo. No reemplaza una liquidación oficial ni cubre todos los casos especiales (comisiones, embargos, suspensiones, acuerdos o juicios).
¿Qué incluye la liquidación?
| Concepto | ¿Cuándo aplica? | Cómo se estima |
|---|---|---|
| Indemnización | Despido injustificado o despido indirecto | Base del art. 82 × años de servicio. La base es el promedio de los últimos 6 meses + 1/12 de aguinaldo + 1/12 de Bono 14 (Decretos 76-78 art. 9 y 42-92 art. 4) |
| Aguinaldo proporcional | Casi siempre al terminar | Salario × días del período vigente (≥ 1 dic) ÷ días del período completo (365 o 366) |
| Bono 14 proporcional | Casi siempre al terminar | Salario × días del período vigente (≥ 1 jul) ÷ días del período completo (365 o 366) |
| Vacaciones no gozadas | Días pendientes reales | Salario diario × días pendientes |
| Salarios pendientes | Días trabajados no pagados | Según nómina y fecha de corte |
Fórmulas principales
Base (art. 82) = Promedio de los últimos 6 meses + (Aguinaldo anual ÷ 12) + (Bono 14 anual ÷ 12)
Indemnización = Base × años de servicio (proporcional en fracciones)
El art. 82 fija un mes de salario por año de servicio y su base es el promedio de los últimos seis meses (inciso b). Los Decretos 76-78 (art. 9) y 42-92 (art. 4) exigen tomar en cuenta el aguinaldo y el Bono 14 devengados a razón de una doceava parte (1/12) cada uno. Con salario constante de Q5,000 esa base es Q5,000 + Q416.67 + Q416.67 = Q5,833.34 (7/6 del salario).
Aguinaldo = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 dic – 30 nov)
Bono 14 = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 jul – 30 jun)
Un período completo paga el 100% de un salario mensual, con o sin 29 de febrero. Si tu salida cae justo después del cierre (diciembre o julio), ese 100% se paga aparte y aquí solo se suma el proporcional del período en curso.
Salario diario de vacaciones = promedio art. 134 ÷ 30
Vacaciones = Salario diario × días no gozados
Base del pago de vacaciones (art. 134). El pago de vacaciones no se calcula sobre el salario de este mes: el Código pide el promedio de las remuneraciones ordinarias y extraordinarias devengadas en el último año (últimos tres meses si la empresa es agrícola o ganadera). La herramienta tiene un campo para ese promedio y, si lo dejas vacío, usa el salario mensual ordinario como respaldo: eso sólo es válido si tu salario no cambió y no hubo comisiones, bonos ni extras habituales.
Período anterior que se paga aparte. Si sales en diciembre o en enero, el aguinaldo del período dic–nov que acaba de cerrar (50% en la primera quincena de diciembre y 50% en la segunda de enero) puede seguir pendiente; si sales en julio, lo mismo con el Bono 14 del período jul–jun (primera quincena de julio). El aviso muestra el monto de esos días y lo calcula proporcional a tu tiempo en ese período, así que si entraste a mitad de período no te muestra un sueldo completo.
Renuncia vs despido: qué cambia
| Tipo de salida | Indemnización | Aguinaldo / Bono 14 | Vacaciones | Aviso previo (art. 83) |
|---|---|---|---|---|
| Despido injustificado | Sí | Sí | Sí | No es rubro a favor del trabajador |
| Despido indirecto | Puede aplicar | Sí | Sí | No es rubro a favor del trabajador |
| Renuncia voluntaria | No | Sí | Sí | Lo debe dar el trabajador |
| Despido justificado | No usual | Sí | Sí | Revisar causal |
| Mutuo acuerdo | Negociable | Sí | Sí | Según acuerdo |
Ejemplo bloqueado: despido injustificado → Q24,130.16
Datos del default: salario Q5,000 · inicio 1 ene 2023 · último día trabajado 30 jun 2025 (912 días) · 10 días de vacaciones · con indemnización
| Concepto | Cálculo de referencia | Monto |
|---|---|---|
| Indemnización | Base Q5,833.34 × 912 días (2a 6m) | Q14,559.38 |
| Aguinaldo proporcional | Q5,000 × 212 ÷ 365 | Q2,904.11 |
| Bono 14 proporcional | Q5,000 × 365 ÷ 365 (período completo) | Q5,000.00 |
| Vacaciones | Q166.67 × 10 | Q1,666.67 |
| Total estimado | Q24,130.16 |
Si el mismo caso fuera renuncia, se quita la indemnización (Q14,559.38) y el total baja a Q9,570.78.
Escenarios por salario (misma antigüedad 912 días)
| Salario mensual | Indemnización | Total despido (10 vac.) | Total renuncia |
|---|---|---|---|
| Q3,500 | Q10,191.57 | Q16,891.12 | Q6,699.55 |
| Q5,000 | Q14,559.38 | Q24,130.16 | Q9,570.78 |
| Q8,000 | Q23,294.99 | Q38,608.24 | Q15,313.25 |
| Q10,000 | Q29,118.70 | Q48,260.25 | Q19,141.55 |
Ejemplos por antigüedad (salario × años)
Con la misma fecha de salida (30 jun 2025) y 10 días de vacaciones pendientes, la antigüedad cambia la indemnización (base del art. 82 × años) y deja fijas las prestaciones proporcionales del período (aguinaldo, bono 14 y vacaciones).
| Salario mensual | Antigüedad | Indemnización | Total despido injustificado | Total renuncia |
|---|---|---|---|---|
| Q4,002.28 (salario mínimo 2026) | 1 año | Q4,669.32 | Q12,330.30 | Q7,660.98 |
| Q4,002.28 (salario mínimo 2026) | 5 años | Q23,346.60 | Q31,007.58 | Q7,660.98 |
| Q4,002.28 (salario mínimo 2026) | 10 años | Q46,693.20 | Q54,354.18 | Q7,660.98 |
| Q5,000 | 1 año | Q5,833.34 | Q15,404.12 | Q9,570.78 |
| Q5,000 | 5 años | Q29,166.70 | Q38,737.48 | Q9,570.78 |
| Q5,000 | 10 años | Q58,333.40 | Q67,904.18 | Q9,570.78 |
| Q8,000 | 1 año | Q9,333.34 | Q24,646.59 | Q15,313.25 |
| Q8,000 | 5 años | Q46,666.70 | Q61,979.95 | Q15,313.25 |
| Q8,000 | 10 años | Q93,333.40 | Q108,646.65 | Q15,313.25 |
En renuncia solo cambian las prestaciones proporcionales (la indemnización no aplica): por eso el total renuncia es el mismo en 1, 5 o 10 años. La indemnización de un año equivale a 7/6 del salario porque la base ya integra 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. La fila de Q4,002.28 usa el salario mínimo Guatemala 2026 (CE1 no agrícola, Acuerdo 256-2025). La bonificación incentivo de Q250 no entra en la base (Decreto 78-89, reformado por el 37-2001).
Aviso previo del trabajador (Art. 83)
| Tiempo trabajado | Aviso del trabajador que renuncia |
|---|---|
| Menos de 6 meses | 1 semana (7 días) |
| 6 meses a menos de 1 año | 10 días |
| 1 a menos de 5 años | 2 semanas (14 días) |
| 5 años o más | 1 mes (30 días) |
Esta escala del art. 83 es la obligación del trabajador que quiere terminar el contrato sin justa causa: no es una compensación que el patrono pague al despedir. Al despedir sin justa causa corresponde la indemnización del art. 82; el art. 80 permite al patrono reclamar el importe del preaviso solo si prueba en tribunales que el trabajador abandonó sus labores sin justa causa. Por eso la calculadora no suma ningún preaviso a tu favor.
Plazo de pago
La liquidación debe pagarse al terminar la relación laboral. En la práctica se habla de un plazo corto (referencia operativa cercana a 20 días ante orientación del Ministerio de Trabajo). Si no pagan, pide desglose por escrito y busca Inspección de Trabajo o asesoría.
Checklist antes de firmar el finiquito
- Confirma tipo de terminación.
- Revisa la base de la indemnización: promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. Si te ofrecen solo el salario mensual, falta un rubro.
- Cuenta vacaciones realmente pendientes.
- Verifica períodos de aguinaldo (1 dic – 30 nov) y bono 14 (1 jul – 30 jun), y que las fechas incluyan tu primer y último día trabajado.
- Pide desglose por rubro, no solo un total.
- Guarda copias de carta, finiquito y boletas.
Errores comunes
- Meter indemnización en una renuncia
- Usar sueldo líquido en vez de salario ordinario
- Duplicar aguinaldo/bono 14 ya pagados del período completo (si sales en diciembre o julio, el período que cerró se paga aparte)
- Sumar un preaviso a favor del trabajador cuando fue el patrono quien despidió
- Olvidar vacaciones pendientes
- Firmar “recibido conforme” sin desglose
Base legal
- Código de Trabajo, Decreto 1441 (terminación, indemnización art. 82, vacaciones arts. 130–137, aviso del trabajador art. 83)
- Decreto 76-78 (aguinaldo)
- Decreto 42-92 (bono 14)
- Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Herramientas de apoyo
- Calculadoras para Guatemala: sueldo neto, remesas y tipo de cambio
- Renuncia vs despido: compara ambos escenarios
- Indemnización (Art. 82): solo el rubro de la indemnización
- Finiquito: documento de cierre rubro por rubro
- Aguinaldo y Bono 14
- Vacaciones Guatemala
- Sueldo neto Guatemala
Guías del blog
- Preaviso laboral en Guatemala 2026: días según antigüedad y cuánto pagan
- Período de prueba Guatemala 2026: 2 meses y despido
- Liquidación con Q8,000 y 1 año de despido en Guatemala 2026: Q20,701.38
- Vacaciones no gozadas: Q8,000 → Q4,000
Preguntas frecuentes
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 1441: regula la terminación de la relación laboral, preaviso, indemnización y demás prestaciones de la liquidación.
Incluye indemnización (si aplica), aguinaldo proporcional, bono 14 proporcional, vacaciones no gozadas y salarios pendientes. Ejemplo Q5,000 del 1 ene 2023 al 30 jun 2025 con despido: Q24,130.16. No incluye preaviso del patrono.
Sí, en lo proporcional: aguinaldo, bono 14 y vacaciones pendientes. Normalmente no incluye indemnización (en el ejemplo el total baja a Q9,570.78). El aviso previo del art. 83 lo debe dar quien renuncia.
Un mes de salario por año trabajado, proporcional por fracciones, sobre la base del art. 82: promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14. Con Q5,000 y 912 días la base es Q5,833.34 y la indemnización Q14,559.38.
En la práctica se usan como sinónimos. Finiquito suele ser el documento de cierre; liquidación, el desglose económico.
Cuando el patrono incumple gravemente el contrato y el trabajador se da por despedido. Puede abrir derecho a indemnización.
Debe pagarse al terminar la relación. Si hay retraso o negativa, pide constancia escrita y busca orientación laboral.
Depende del rubro. Prestaciones de ley e indemnización pueden tratarse distinto al salario ordinario. Confirma con contador o RR. HH.
No. Si el despido ocurre dentro de los 2 meses de prueba (CT art. 81), no hay indemnización del art. 82 ni preaviso: solo salario, séptimo día, extras, bonificación y vacaciones ya devengados. Si el despido es el día 61 o después sin justa causa, la indemnización proporcional sí entra. Detalle en período de prueba en Guatemala: 2 meses y reglas de despido.
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- Un año con Q20,000: renuncia Q18,356.16; despido Q41,753.43
- Liquidación a 4 años con Q22,000: renuncia Q20,191.78; despido Q122,928.74
- Finiquito el 30 de junio: Q50,000 y 12 vac → Q99,041.10
- Indemnización con Q60,000 y 5 años: Q350,191.78