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Finiquito Guatemala: calcula tu liquidación por fechas

Q5,000 del 1 ene 2023 al 30 jun 2025 (912 días), despido y 10 vacaciones → Q24,130.16. Indemnización Q14,559.38 con base del art. 82 (1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14).

Datos
Ingresa los valores para calcular

Vacío = se usa tu salario mensual ordinario como promedio de los últimos 6 meses.

Vacío = se usa tu salario mensual ordinario, válido sólo si el salario no cambió y no hubo remuneraciones extraordinarias.

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Revisado: · Equipo Calcufast

Finiquito Guatemala: Q5,000 y 2.5 años → Q24,130.16

Con Q5,000, inicio 1 ene 2023, último día trabajado 30 jun 2025 (912 días ≈ 2 años y 6 meses), despido injustificado y 10 días de vacaciones pendientes, el finiquito estimado es Q24,130.16: indemnización Q14,559.38 (base del art. 82 de Q5,833.34: promedio de los últimos 6 meses + 1/12 de aguinaldo + 1/12 de Bono 14) + aguinaldo Q2,904.11 + bono 14 Q5,000.00 + vacaciones Q1,666.67. En renuncia no va la indemnización. Es orientativo, no una liquidación oficial.

Finiquito en GTQ → · Solo indemnización → · Liquidación completa →

Respuesta rápida (valores por defecto de la calculadora)

Despido con Q5,000 y 2.5 años → Q24,130.16. Si desmarcas indemnización (renuncia), el total baja a Q9,570.78 (aguinaldo + bono 14 + vacaciones). Las fechas cuentan el primer y el último día trabajado. Confirma el desglose antes de firmar.

ConceptoQué es¿Siempre se paga?Herramienta
IndemnizaciónCompensación típica por despido injustificado (~1 mes por año, proporcional)No: depende del tipo de salidaIndemnización laboral
FiniquitoPaquete de cierre: proporcionales + vacaciones ± indemnizaciónCierre sí; rubros varíanFiniquito Guatemala
LiquidaciónEn la práctica, el desglose económico del cierre (a menudo sinónimo amplio de finiquito)Depende del caso y del documentoLiquidación Guatemala
Estimación informativa

Esta herramienta ayuda a revisar montos antes de hablar con RR. HH., contador, Ministerio de Trabajo o un asesor laboral. No sustituye una liquidación oficial ni contempla todos los casos especiales: salarios variables, comisiones, suspensiones, descuentos, embargos, acuerdos escritos o controversias judiciales.

¿Buscas el total según tu tipo de salida?

La calculadora de liquidación laboral Guatemala es la herramienta completa: eliges despido, renuncia o mutuo acuerdo y suma todos los rubros, incluyendo salarios pendientes. No suma preaviso del patrono: el aviso del art. 83 lo da el trabajador que renuncia (art. 80 sólo lo reclama si el patrono prueba abandono). Esta página de finiquito te sirve para revisar el documento de cierre rubro por rubro.

¿Buscas un cálculo de liquidación del Ministerio de Trabajo?

Esta es una herramienta independiente, no un cálculo oficial del Ministerio de Trabajo. Ingresa tus fechas y salario, revisa los días de vacaciones pendientes y comprueba si tu escenario incluye indemnización antes de interpretar el total.

Para revisar solo un período de descanso, usa la calculadora de vacaciones Guatemala. Para revisar por separado el descuento mensual, consulta el cálculo de IGSS Guatemala.

¿Qué se paga en un finiquito laboral?

El pago final depende del tipo de terminación. En Guatemala conviene separar prestaciones proporcionales, vacaciones pendientes e indemnización.

ConceptoCuándo suele aplicarCómo lo estima la calculadora
IndemnizaciónDespido injustificado o despido indirecto reconocidoBase del art. 82 × años de servicio. La base es el promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14 (Decretos 76-78 art. 9 y 42-92 art. 4)
Aguinaldo proporcionalRenuncia, despido o terminación antes de completar el períodoSalario mensual × días del período vigente (≥ 1 dic) ÷ días del período completo (365 o 366)
Bono 14 proporcionalRenuncia, despido o terminación antes de completar el períodoSalario mensual × días del período vigente (≥ 1 jul) ÷ días del período completo (365 o 366)
Vacaciones no gozadasDías de vacaciones pendientes al terminar la relaciónSalario diario × días pendientes ingresados
Salarios pendientesDías trabajados todavía no pagadosDebe revisarse contra nómina y fecha de corte

Finiquito por renuncia vs despido

La diferencia más importante es la indemnización. En una renuncia voluntaria el trabajador conserva las prestaciones proporcionales, pero normalmente no recibe indemnización. En un despido injustificado, la indemnización se suma a las prestaciones pendientes.

Tipo de terminaciónIndemnizaciónAguinaldo / bono 14 proporcionalVacaciones pendientesNotas prácticas
Renuncia voluntariaNo usualmenteSíSíConviene entregar carta y guardar copia recibida.
Despido injustificadoSíSíSíMarca la casilla de indemnización en la calculadora.
Despido justificadoNo usualmenteSíSíRevisa la causal y la documentación entregada.
Mutuo acuerdoDepende del acuerdoSíSíLee el convenio antes de firmar el finiquito.
Despido indirectoPuede aplicarSíSíDebe documentarse y reclamarse correctamente.

Fórmulas principales

Indemnización por despido injustificado

Base (art. 82) = Promedio de los últimos 6 meses + (Aguinaldo anual ÷ 12) + (Bono 14 anual ÷ 12)

Indemnización estimada = Base × Años de servicio (proporcional en fracciones)

El art. 82 fija un mes de salario por año de servicio, y su base es el promedio de los salarios de los últimos seis meses (inciso b). Los Decretos 76-78 (art. 9) y 42-92 (art. 4) obligan a tomar en cuenta el aguinaldo y el Bono 14 devengados a razón de una doceava parte (1/12) cada uno: por eso la base suma 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14 (con salario constante, 7/6 del salario). La indemnización solo aplica cuando la terminación da derecho a ella; si calculas una renuncia, desactiva la casilla.

Prestaciones proporcionales

Aguinaldo proporcional = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 dic – 30 nov)

Bono 14 proporcional = Salario mensual × días del período vigente ÷ días del período (1 jul – 30 jun)

Un período completo paga el 100% de un salario ordinario mensual, así caiga o no un 29 de febrero dentro. Si tu salida es el 1 de diciembre (o el 1 de julio), el período anterior ya cerró: ese 100% se paga aparte (aguinaldo 50% en la primera quincena de diciembre y 50% en la segunda de enero; Bono 14 en la primera quincena de julio) y la herramienta solo suma el proporcional del período que empieza.

Vacaciones pendientes

Salario diario de vacaciones = promedio art. 134 ÷ 30

Vacaciones no gozadas = Salario diario × días pendientes de vacaciones

Base del pago de vacaciones (art. 134). El pago de vacaciones no se calcula sobre el salario de este mes: el Código pide el promedio de las remuneraciones ordinarias y extraordinarias devengadas en el último año (últimos tres meses si la empresa es agrícola o ganadera). La herramienta tiene un campo para ese promedio y, si lo dejas vacío, usa el salario mensual ordinario como respaldo: eso sólo es válido si tu salario no cambió y no hubo comisiones, bonos ni extras habituales.

Período anterior que se paga aparte. Si sales en diciembre o en enero, el aguinaldo del período dic–nov que acaba de cerrar (50% en la primera quincena de diciembre y 50% en la segunda de enero) puede seguir pendiente; si sales en julio, lo mismo con el Bono 14 del período jul–jun (primera quincena de julio). El aviso muestra el monto de esos días y lo calcula proporcional a tu tiempo en ese período, así que si entraste a mitad de período no te muestra un sueldo completo.

Ejemplo: despido injustificado con salario de Q5,000

Supongamos una persona con salario mensual de Q5,000, fecha de inicio 1 de enero de 2023, último día trabajado 30 de junio de 2025 (912 días de servicio), indemnización incluida y 10 días de vacaciones pendientes.

ConceptoCálculo de referenciaMonto estimado
IndemnizaciónBase Q5,833.34 × 912 días (2 a 6 m)Q14,559.38
Aguinaldo proporcionalQ5,000 × 212 días ÷ 365Q2,904.11
Bono 14 proporcionalQ5,000 × 365 días ÷ 365 (período completo)Q5,000.00
Vacaciones pendientesQ166.67 × 10 díasQ1,666.67
Total estimadoSuma de rubrosQ24,130.16

Si el mismo caso fuera renuncia voluntaria, la indemnización de Q14,559.38 no se incluiría. Por eso es importante seleccionar correctamente el tipo de salida antes de interpretar el total.

Tabla rápida de vacaciones pendientes

Estos montos usan salario mensual de Q5,000 y salario diario aproximado de Q166.67.

Días pendientesCálculoMonto estimado
5 díasQ166.67 × 5Q833.33
10 díasQ166.67 × 10Q1,666.67
15 díasQ166.67 × 15Q2,500.00
20 díasQ166.67 × 20Q3,333.33
30 díasQ166.67 × 30Q5,000.00

Checklist antes de firmar un finiquito

  1. Revisa la base de la indemnización: promedio de los últimos 6 meses más 1/12 de aguinaldo y 1/12 de Bono 14 (Decretos 76-78 y 42-92). Si te ofrecen solo el salario mensual simple, falta un rubro.
  2. Confirma que las fechas usadas incluyan tu primer y último día trabajado.
  3. Confirma si la salida fue renuncia, despido justificado, despido injustificado, mutuo acuerdo o despido indirecto.
  4. Cuenta los días de vacaciones realmente pendientes y compara con constancias de vacaciones gozadas.
  5. Verifica que aguinaldo (1 dic – 30 nov) y bono 14 (1 jul – 30 jun) usen el período correcto: un período completo paga un salario mensual, no 364/365 de él.
  6. Pide desglose por concepto antes de firmar recibido conforme.
  7. Guarda copia del finiquito, carta de despido o renuncia, boletas de pago y cualquier comunicación relevante.

Errores comunes al calcular finiquito

  • Incluir indemnización en una renuncia: puede dar una expectativa equivocada si no existe base para reclamarla.
  • Usar salario líquido en lugar de salario mensual: los cálculos suelen partir del salario ordinario, no de lo que quedó después de descuentos.
  • Duplicar prestaciones: si ya recibiste el aguinaldo o el Bono 14 de un período completo, solo corresponde la parte proporcional del período en curso. Si tu salida cae justo después del cierre (diciembre o julio), ese 100% se paga aparte y no se vuelve a sumar aquí.
  • Creer que el patrono paga preaviso al despedir: el art. 83 regula el aviso que da el trabajador que renuncia; al despedir corresponde la indemnización del art. 82.
  • Olvidar vacaciones pendientes: no basta con contar años trabajados; revisa cuántos días quedaron sin gozar.
  • Firmar sin desglose: un total global dificulta detectar si falta un rubro.

Base legal y fuentes de verificación

  • Código de Trabajo de Guatemala, Decreto 1441: artículos sobre terminación laboral, indemnización, vacaciones y prescripción.
  • Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo, Decreto 76-78: período y pago de aguinaldo.
  • Ley de Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público, Decreto 42-92: bono 14.
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social: instancia administrativa para orientación, conciliación e inspección laboral.

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Preguntas frecuentes

Incluye los pagos pendientes al terminar la relación laboral: indemnización si corresponde, aguinaldo proporcional, bono 14 proporcional, vacaciones no gozadas y salarios o ajustes pendientes según el caso.

Sí. En una renuncia normalmente no se paga indemnización, pero sí deben revisarse aguinaldo proporcional, bono 14 proporcional, vacaciones pendientes y salarios trabajados no pagados.

Un mes de salario por cada año de servicio continuo, proporcional si hay fracción (art. 82). La base no es solo el salario mensual: es el promedio de los últimos seis meses más el aguinaldo y el Bono 14 devengados, a razón de 1/12 cada uno (Decreto 76-78 art. 9 y Decreto 42-92 art. 4). Con Q5,000 constantes, la base es Q5,000 + Q416.67 + Q416.67 = Q5,833.34 por año de servicio.

No como rubro del finiquito. El art. 83 regula el aviso previo que debe dar el trabajador cuando renuncia (una semana, 10 días, dos semanas o un mes según antigüedad) y el art. 82 obliga al patrono a pagar indemnización. El art. 80 permite al patrono reclamar el importe del preaviso al trabajador solo si prueba abandono injustificado. No sumes un preaviso a tu favor por el hecho del despido.

En el uso cotidiano muchas personas los usan como sinónimos. El finiquito suele referirse al documento de cierre y la liquidación al desglose económico de los rubros pagados.

Pide primero el desglose por escrito y conserva evidencia. Si no hay respuesta o el monto parece incorrecto, puedes buscar orientación ante el Ministerio de Trabajo, Inspección de Trabajo o un asesor laboral.

Depende del rubro y del caso. La indemnización y prestaciones de ley suelen tener tratamiento distinto a salario ordinario, pero cualquier retención específica debe revisarse con contador, RR. HH. o autoridad competente.

No. Si la relación termina dentro de los 2 meses de prueba (CT art. 81), el finiquito solo incluye lo ya devengado: salario, séptimo día, extras, bonificación incentivo y vacaciones proporcionales. La indemnización del art. 82 aplica cuando el despido ocurre vencida la prueba. Guía: período de prueba en Guatemala: 2 meses y reglas de despido.