La prima no es un solo aguinaldo de diciembre. El artículo 306 parte el año en dos. Con COP 3.200.000, auxilio 0 y 180 días, cada plazo es COP 1.600.000.
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Prima = 3.200.000 × 180 / 360 = COP 1.600.000. Primer pago: máximo el 30 de junio (1 ene–30 jun). Segundo: dentro de los primeros 20 días de diciembre (1 jul–31 dic). Si no cerraste el semestre, bajá los días.
Dos fechas, la misma cuenta
| Plazo | Semestre | Días de este ejemplo | Prima |
|---|---|---|---|
| Hasta el 30 de junio | 1 ene–30 jun | 180 | COP 1.600.000 |
| Primeros 20 días de diciembre | 1 jul–31 dic | 180 | COP 1.600.000 |
Prima = (salario + auxilio) × días del semestre ÷ 360 3.200.000 × 180 ÷ 360 = 1.600.000
No sumes junio y diciembre para “inventar” cesantías. Las cesantías son otra prestación, otro plazo (15 de febrero) y otro destinatario (el fondo). Comparación: cesantías vs prima con COP 3.000.000.
Si no llegaste a 180 días
| Días del semestre | Salario | Prima |
|---|---|---|
| 180 | COP 3.200.000 | COP 1.600.000 |
| 90 | COP 3.200.000 | COP 800.000 |
| 120 | COP 2.000.000 | COP 666.666,67 (otra nota) |
El motor acepta hasta 186 días (semestre largo). No pongas 360: esa cuenta es de cesantías, no de prima.
Al salir no esperas a diciembre
Si te vas el 15 de octubre, la prima del segundo semestre se liquida en la salida con los días de julio a octubre. El 20 de diciembre ya no te aplica.
| Situación | Qué hacer |
|---|---|
| Sigues el 30 de junio | Cobra el semestre ene–jun |
| Sigues en diciembre | Cobra jul–dic en los primeros 20 días |
| Renunciaste a mitad | Proporcional en la liquidación |
| Quieres el principal de cesantías | Fondo, antes del 15 de febrero |
COP 1.600.000. Se paga dos veces al año si trabajaste los dos semestres.
Si el salario y los días son los mismos, sí. Cada semestre se cuenta solo.
El tope del motor es 186. El año comercial de 360 es para cesantías.
Cuando tienes derecho, pégalo. Este ejemplo lo deja en 0. Ver auxilio de transporte.
CST art. 306 (Ley 1788/2016). Año comercial 360. Educativo, no MinTrabajo. Confirmá tu contrato y la nómina de junio y diciembre.
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