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Parafiscales Colombia: $2,000,000 → $80,000/mes

Aporte patronal: caja 4% + SENA 2% + ICBF 3%. Bajo 10 SMLMV ($17,509,050) y con empleador habilitado, la exoneración deja solo caja: $2,000,000 → $80,000/mes.

Datos
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Resultados

Parafiscales por mes

$ 80.000

Caja (4%): $ 80.000

SENA (2%): $ 0

ICBF (3%): $ 0

Exonerado de SENA+ICBF: devenga menos de 10 SMLMV ($ 17.509.050) y el empleador es sociedad o persona natural con 2+ trabajadores.

Total anual: $ 960.000

Ley 21/1982 art. 7 (caja 4%), Ley 89/1988 art. 1 (SENA 2%, ICBF 3%) y art. 114-1 del Estatuto Tributario (Ley 1819/2016 art. 65; la derogatoria del art. 25 de la Ley 1607/2012 está en el art. 376): exoneración bajo 10 SMLMV y solo para empleadores habilitados. Estimación educativa, no asesoría.

Parafiscales Colombia 2026

El empleador paga caja de compensación 4% + SENA 2% + ICBF 3% sobre el salario (Ley 21 de 1982 art. 7 y Ley 89 de 1988 art. 1). Por los trabajadores que devengan menos de 10 SMLMV quedan exonerados SENA e ICBF (art. 114-1 del Estatuto Tributario, adicionado por la Ley 1819 de 2016 art. 65, que derogó por su art. 376 el art. 25 de la Ley 1607 de 2012): solo se paga la caja. La exoneración no cubre la caja de compensación y exige dos condiciones: salario bajo el umbral y un empleador habilitado (sociedad o persona jurídica declarante de renta, o persona natural empleadora con dos o más trabajadores). Una persona natural con menos de dos trabajadores no está exonerada: paga el 9%.

Con $2,000,000: $80,000/mes. Con $20,000,000 (10 SMLMV o más): $1,800,000/mes (9%).

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Fórmula

Parafiscales patronales

salario × (4% caja + 2% SENA + 3% ICBF); con menos de 10 SMLMV y empleador habilitado → solo 4%

ConceptoValor
Salario mensual$2,000,000
Umbral de exoneración (10 SMLMV)$17,509,050
Caja (4%)$80,000
SENA (2%, exonerado)$0
ICBF (3%, exonerado)$0
Total mes$80,000
Total anual$960,000

Errores comunes

  • Aplicar la exoneración a un salario de 10 SMLMV o más: ahí se paga el 9% completo.
  • Creer que la caja de compensación también se exonera (no: el 4% se paga siempre).
  • Confundir el aporte patronal con el descuento al trabajador (va aparte).

Cuando se cumplen las dos condiciones: el trabajador devenga menos de 10 SMLMV ($17,509,050 en 2026) y el empleador es sociedad, persona jurídica declarante o persona natural con dos o más trabajadores. En 10 SMLMV o más, o con menos de dos trabajadores, se paga SENA e ICBF.

No. La exoneración no es una casilla: sale del salario (menos de 10 SMLMV) y del tipo de empleador. Solo la pierden las personas naturales con menos de dos trabajadores, que pagan el 9%.

No. Estimación educativa. Verifica con tu contador.

Estimación informativa

Contenido educativo, no asesoría laboral. Ley 21 de 1982 art. 7, Ley 89 de 1988 art. 1 y art. 114-1 del Estatuto Tributario (adicionado por la Ley 1819 de 2016 art. 65; la derogatoria del art. 25 de la Ley 1607 de 2012 está en su art. 376).