IVA del mes: Q10,000 / Q4,000 → Q720 a pagar
Si emitís y recibís facturas con IVA, el cierre del mes es una resta: al débito fiscal (IVA de ventas gravadas) le restás el crédito fiscal (IVA de compras gravadas). Con los defaults, Q10,000 de ventas y Q4,000 de compras al 12% (Decreto 27-92) dejan Q720 a pagar. La SAT cierra el mes oficial.
Con ventas gravadas de Q10,000 y compras gravadas de Q4,000 al 12%:
- Débito fiscal: Q1,200 (10,000 × 12%)
- Crédito fiscal: Q480 (4,000 × 12%)
- Saldo a pagar: Q720
Fórmula: 1,200 − 480 = Q720 a pagar a la SAT.
Fórmula
Débito fiscal = Ventas gravadas × 12%
Crédito fiscal = Compras gravadas × 12%
Saldo a pagar = máximo(0, Débito − Crédito)
Saldo a favor = máximo(0, Crédito − Débito)
El débito fiscal es el IVA que cobrás en tus facturas de venta; el crédito fiscal es el IVA que te cobraron en tus facturas de compra relacionadas con la actividad. La diferencia es tu posición neta del mes.
Ejemplo paso a paso (defaults)
- Ventas gravadas del mes: Q10,000
- Compras gravadas del mes: Q4,000
- Débito fiscal: 10,000 × 12% = Q1,200
- Crédito fiscal: 4,000 × 12% = Q480
- Saldo a pagar: 1,200 − 480 = Q720
Tabla de escenarios (misma lógica del motor)
| Ventas gravadas | Compras gravadas | Débito fiscal | Crédito fiscal | Saldo a pagar | Saldo a favor |
|---|---|---|---|---|---|
| Q10,000 | Q4,000 | Q1,200 | Q480 | Q720 | Q0 |
| Q25,000 | Q10,000 | Q3,000 | Q1,200 | Q1,800 | Q0 |
| Q50,000 | Q60,000 | Q6,000 | Q7,200 | Q0 | Q1,200 |
| Q100,000 | Q40,000 | Q12,000 | Q4,800 | Q7,200 | Q0 |
Interpretación del resultado
- Saldo a pagar: es el IVA que debés enterar a la SAT por el período. En el ejemplo base, Q720.
- Saldo a favor: cuando tus compras gravadas superan a tus ventas (por ejemplo, al invertir en inventario o equipo), el excedente queda a favor. Su tratamiento (compensación o devolución) sigue reglas y trámites de la SAT.
- Cuidado con el crédito fiscal: solo da derecho a crédito el IVA de compras afectas y debidamente documentadas (factura a tu NIT, bienes o servicios usados en la actividad gravada). Compras personales, exentas o sin factura no generan crédito.
Esta herramienta es una estimación educativa mensual del modelo general al 12%. No modela exenciones y exenciones parciales, exportaciones, regímenes especiales, retenciones de IVA en la fuente ni prorrateos complejos de crédito fiscal. Para tu declaración real (formulario SAT) usá tu libro de compras/ventas y, si el caso es complejo, consultá un contador.
Preguntas frecuentes
El débito fiscal es el IVA que cobrás en tus ventas gravadas; el crédito fiscal es el IVA que pagás en tus compras gravadas. La diferencia del mes es lo que enterás a la SAT o lo que te queda a favor.
Quedás con saldo a favor. Ejemplo: con Q60,000 de compras gravadas y Q50,000 de ventas, el crédito (Q7,200) supera al débito (Q6,000) por Q1,200. El tratamiento del saldo sigue trámites SAT; no lo asumas como devolución automática.
Sí, la interfaz permite ajustar la tasa, pero el modelo de referencia es el 12% general de la Ley del IVA (Decreto 27-92). Usá otra tasa solo si tu actividad tiene un tratamiento especial confirmado.
Las compras exentas, las personales, las que no están documentadas con factura a tu NIT y las que no se relacionan con tu actividad gravada no generan crédito fiscal. Sin factura válida no hay crédito.
No lo asumas. El tratamiento de saldos a favor (compensación o devolución) sigue reglas y trámites de la SAT; esta herramienta solo muestra la diferencia aritmética del mes.
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