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Séptimo día Guatemala: Q5,000 ÷ 30 × 6 + 1 = Q1,166.67

Descanso semanal pagado (arts. 126-129). Con diario Q166.67 y 6 jornales el séptimo es Q166.67 y la semana Q1,166.67.

Datos
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Cómo te pagan

Resultados

Total de la semana

Q1,166.67

Séptimo día
Q166.67
Diario usado
Q166.67
ConceptoMonto
Jornales ordinariosQ1,000.00
Extras de la semanaQ0.00
Séptimo díaQ166.67
Extraordinario del descanso (+50%)Q0.00

Arts. 126-129: un descanso semanal pagado con el promedio de la semana anterior. Si laborás ese día (casos calificados), el tiempo va como extraordinario +50%, no como “domingo doble”. Estimación educativa, no es asesoría laboral.

Respuesta rápida: Q5,000 ÷ 30 → semana Q1,166.67

Default: jornal Q166.67 (Q5,000 ÷ 30) y 6 días → ordinarios Q1,000.00 + séptimo Q166.67 = Q1,166.67. El mensualista no suma otro día: el mes ya trae los séptimos.

El artículo 126 da un día de descanso remunerado después de cada semana. El 129 fija el monto: promedio diario de salarios ordinarios y extraordinarios de la semana inmediata anterior. Si te mandan a trabajar ese día (casos calificados, art. 128), las horas van como extraordinario +50% (art. 121). El Código no dice “domingo doble”.

Semana al piso

CasoOrdinariosSéptimoSemana
Q5,000 ÷ 30, 6 jornalesQ1,000.00Q166.67Q1,166.67
Jornal Q116.67, 6 díasQ700.02Q116.67Q816.69
Mismos Q116.67 + Q87.52 extraQ700.02Q131.26Q918.80
Séptimo día (jornal)

séptimo = (ordinario de la semana + extras) ÷ días trabajados si laborás el descanso: extraordinario = (diario ÷ 8) × 1.5 × horas

Si laborás el descanso

SituaciónQué se suma
Jornalista, 8 h el domingo, diario Q166.67Séptimo Q166.67 + extra Q250.00
Mensualista Q5,000, 8 h el domingoSolo el extra Q250.00 (el séptimo ya va en el mes)
Mensualista que descansóQ0 extra

Errores frecuentes

ErrorRegla
Pagar solo 6 jornalesEl 7.º día es obligatorio y pagado
Llamarlo “domingo doble”Es descanso + extraordinario +50%
Sumar otro séptimo al mensualistaEl mes ya lo incluye
Ignorar extras al promediarEl 129 sube el séptimo si hubo extra

Si el feriado coincide con el descanso, se pagan ambos derechos. Usa asueto trabajado para el 127 y horas extras para el +50% de jornada ordinaria.

El descanso sigue. El promedio se arma con lo devengado esos días (art. 129).

Si no hubo extras, sí. Si esa semana ganaste comisiones u horas extra, el promedio sube.

Estimación informativa

Guía educativa con el Código de Trabajo, arts. 126-129. No es asesoría legal.