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Asueto trabajado Guatemala: Q5,000 → Q333.34 (doble, art. 127)

Pago doble si laborás un asueto del art. 127. Con Q5,000 el diario es Q166.67 y el día sale Q333.34.

Datos
Ingresa los valores para calcular
Resultados

Pago del asueto laborado

Q333.34

Salario diario (mensual ÷ 30)
Q166.67
Extra si tu mes ya incluye el asueto
Q166.67
ConceptoMonto
Días laborados1
Pago del asueto laboradoQ333.34

Código de Trabajo art. 127: el asueto se paga con goce de salario; si laborás ese día, te corresponde el doble del salario de ese día. No es el triple de México. Estimación educativa, no es asesoría laboral.

Respuesta rápida: Q5,000 y 1 asueto → Q333.34

Default de la calculadora: salario mensual Q5,000 y 1 asueto laborado → diario Q166.67 → Q333.34. Si tu mes ya incluye el feriado, el extra encima de la boleta es Q166.67.

Los días de asueto del artículo 127 del Código de Trabajo (Decreto 1441) se pagan con goce de salario. Si el patrono te manda a trabajar ese día, te corresponde el doble del salario de ese día. No copies el triple de México: aquí el mínimo es 2×, no 3×.

Asuetos con goce de salario (art. 127)

FechaDía2026
1 de eneroAño NuevoJueves
Jueves, viernes y sábado santosSemana Santa2, 3 y 4 de abril
1 de mayoDía del TrabajoViernes
30 de junioDía del EjércitoMartes
15 de septiembreIndependenciaMartes
20 de octubreDía de la RevoluciónMartes
1 de noviembreTodos los SantosDomingo
24 y 31 de diciembreMedio día desde las 12:00Jueves / jueves
25 de diciembreNavidadViernes

El patrono paga el asueto aunque coincida con tu séptimo día (art. 127 in fine). La festividad del municipio también entra.

Cómo se calcula

Asueto laborado

diario = salario mensual ÷ 30 pago del día = diario × 2 extra del mensualista = diario × 1

Salario mensualDiario1 asueto laboradoExtra si el mes ya lo incluye
Q5,000Q166.67Q333.34Q166.67
Q8,000Q266.67Q533.34Q266.67
Q10,000Q333.33Q666.66Q333.33

Errores que salen caro

ErrorQué manda el 127
Pagar un día simple por el 1 de mayoDoble salario de ese día
Descontar el asueto al mensualista que descansóEl mes ya incluye feriados
Confundirlo con el séptimo díaSi coinciden, se pagan ambos derechos
Copiar el triple de MéxicoGuatemala es doble, no triple

Las horas que pasen de tu jornada ordinaria pueden sumar recargo de hora extra (+50%). Eso vive en horas extras Guatemala. El descanso semanal es otra cuenta: séptimo día.

Solo por necesidad del servicio. Si laborás, te corresponde el pago doble de ese día (art. 127).

El asueto corre desde las 12:00. Si trabajás la tarde, el doble aplica sobre esa porción; confirma el criterio de medio día con planilla.

Estimación informativa

Guía educativa con el Código de Trabajo, Decreto 1441, art. 127. No es asesoría legal. Confirma con tu boleta o el Ministerio de Trabajo.