En Guatemala el asueto laborado se paga doble (art. 127), no triple. Con Q25,000 el diario es Q833.33 y el asueto Q1,666.66. Si esa noche es jornada nocturna, 8 extras del motor son Q1,923.08. No son el mismo rubro. No uses la calculadora de México.
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Diario = 25,000 / 30 = Q833.33. Asueto = ×2 = Q1,666.66. 8 extras diurnas Q1,573.43. 8 extras nocturnas Q1,923.08. El leftover: de noche las extras pueden pasar el doble del asueto.
Doble no es extra; nocturna no es triple
| Si ese día... | Con Q25,000 |
|---|---|
| Descansás el asueto | Q833.33 (el día ya iba en el sueldo) |
| Trabajás el asueto | Q1,666.66 (doble) |
| 8 extras diurnas (1.5×) | Q1,573.43 |
| 8 extras nocturnas (1.5×) | Q1,923.08 |
| Triple estilo México | Q2,499.99 (esta herramienta no lo usa) |
Diario = 25,000 / 30 = Q833.33 Asueto = 833.33 × 2 = Q1,666.66 Hora nocturna = 25,000 / ((36×52)/12) = Q160.26 8 extras = 160.26 × 1.5 × 8 = Q1,923.08
Q18,000 diurna el asueto ganó a 8 extras. Domingo Q20,000 comparó séptimo vs asueto. Aquí el leftover es la jornada nocturna de 6 horas: la hora sale más cara, y 8 extras (Q1,923.08) superan el doble del día (Q1,666.66). Eso no convierte el asueto en triple.
Esta página no abre una calculadora de asueto. El motor vivo de extras está en horas extras. El piso diario, en salario mínimo.
Q1,666.66. El día doble, no Q833.33 extra encima de otro sueldo aparte.
No. Son 1.5× la hora nocturna: Q1,923.08. El asueto es el día ×2.
No. Triple es otra ley (México). Aquí el Código habla de salario doble.
No automaticés la suma. El asueto es el día. Las extras son horas de más. Pedí el desglose a RR. HH.
Arts. 116 y 127 del Código de Trabajo. No es boleta oficial ni recargo de asueto firmado.
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