Trabajar un asueto no es lo mismo que meter 8 horas extras. El Art. 127 paga el día doble. Con Q18,000 el diario de finiquito y liquidación es Q600. El asueto laborado son Q1,200.
Ocho extras diurnas, en horas extras, son Q1,132.87 (hora Q94.41 × 1.5). Casi el mismo tamaño, otra regla.
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Diario = 18,000 / 30 = Q600 (mismo diario que finiquito). Asueto laborado = 600 × 2 = Q1,200. El motor de extras no cambia a 2× cuando marcás un feriado: sigue en 1.5×.
Dos cuentas que no se mezclan
| Situación | Herramienta | Monto |
|---|---|---|
| Asueto laborado (día doble) | Art. 127; diario de finiquito | Q1,200 |
| 8 extras diurnas | Horas extras | Q1,132.87 |
| Asueto + extras ese mismo día | Día doble y, aparte, el recargo de las horas que pasen la jornada | Pedí el desglose |
diario = 18,000 / 30 = Q600 pago del día = 600 × 2 = Q1,200
Si no trabajás el asueto, el día igual se paga (goce de salario). El doble es cuando te mandan a laborar.
Séptimo día: el mensual ya lo trae
Con sueldo mensual de Q18,000 no te descuentan el domingo para “después devolvértelo”. El Art. 126 va implícito en el mes. El séptimo día aparte aparece cuando te pagan por jornal.
En salario mínimo, CE1 no agrícola el diario es Q131.58. Seis jornales + séptimo = 7 × 131.58 = Q921.06. Un asueto laborado a jornal doble: Q263.16. No uses esos mínimos si tu contrato es de Q18,000 al mes.
Si el asueto cae en tu día de descanso, el Art. 127 dice que igual se paga el feriado. No se “come” el séptimo.
La planilla no cambia el 4.83%
Un asueto o un séptimo no mueven, en estas herramientas, la base IGSS. Con Q18,000 el laboral sigue en Q869.40. Las extras de horas extras tampoco se suman a esa base.
El día doble de referencia es Q1,200 (Q600 × 2). No son las Q1,132.87 de 8 extras diurnas.
Si te pagan mensual, ya va en los Q18,000. Si te pagan jornal, sumá un día al promedio de la semana (Art. 129). El piso CE1 no agrícola es Q131.58 diarios.
Esta calculadora de extras siempre usa 1.5× sobre la hora ordinaria. El 2× del Art. 127 es el día. Si te dejaron horas de más ese feriado, pedí que separen día doble y extras.
El asueto se paga aunque coincida con el descanso semanal. No se anulan entre sí.
Diario Q600 de calculateFiniquito / calculateLiquidacion (mensual / 30). Extras: calculateOvertime Art. 121. Jornal: Acuerdo 256-2025. Art. 126–129. No hay motor de asueto en esta página; no es boleta oficial.
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