Cuota patronal de riesgos de trabajo IMSS México 2026
La cuota de riesgos de trabajo (Ley del Seguro Social arts. 71–74) la paga solo el patrón. La prima sale de tu cédula SUA; aquí el default educativo es 0.50% del SBC, con tope de 25 UMA. Distinta de EM en dinero 0.70%, EM en especie, gastos médicos 1.05%, invalidez y vida 1.75%, CEAV, guarderías 1% y retiro 2%.
Con salario $15,000 y 0.50%: $75 al mes ($900 al año). Con $8,000: $40. Con prima 2%: $300. Sobre el tope 25 × $3,566.22: $445.78.
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Fórmula
min(SBC, 25 × UMA) × prima SUA
| Concepto | Valor |
|---|---|
| $15,000 × 0.50% / mes | $75.00 |
| $15,000 × 0.50% / año | $900.00 |
| $8,000 × 0.50% / mes | $40.00 |
| $15,000 × 2% / mes | $300.00 |
| Tope 25 UMA ($89,155.50) × 0.50% | $445.78 |
Errores comunes
- Inventar una “clase I” (0.54355 / 0.50055) sin la cédula SUA.
- Confundirlo con la cuota obrera IMSS (este ramo es solo patronal).
- Aplicar la prima sobre el salario sin tope de 25 UMA.
No. Riesgos de trabajo es cuota patronal. El trabajador no tiene ramo de riesgos en la cuota obrera.
No. Es un default educativo. Pega la prima de tu cédula SUA.
Contenido educativo, no asesoría laboral. LSS arts. 71–74.