Entraste el 1 de abril. El período del aguinaldo corre del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Llegás al 15 de diciembre con 8 meses, no con el año. Con Q35,000 el motor da Q23,333.33. Gravado: Q0.
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Q35,000 × 8 / 12 = Q23,333.33. El año completo sería Q35,000. Marzo (9/12) y junio (7/12) ya se vieron. Abril es el leftover de 8 meses.
8 meses no es “casi el sueldo”
| Entrada | Meses | Con Q35,000 |
|---|---|---|
| 1 de abril | 8/12 | Q23,333.33 |
| Año completo | 12/12 | Q35,000 |
| ISR (Art. 70) | exento | Q0 |
Q35,000 × 8 / 12 = Q23,333.33 Exento hasta un salario ordinario. Gravado Q0.
3 meses, 6 meses y 7 meses ya cubrieron otras fracciones. El 15 de diciembre sigue siendo la fecha de pago (Q18,000).
Q23,333.33 si llegás al 30 de noviembre. No Q35,000 “porque ya casi es el año”.
No en este motor. Art. 70: exento hasta un salario ordinario. Q23,333.33 cabe de sobra.
Otro calendario (1 jul a 30 jun). Abril da 3/12 de Bono 14, no 8/12. No mezclés las dos pantallas.
No. El proporcional se corta en la fecha de salida. Usá aguinaldo con los meses que sí trabajaste.
Decreto 76-78 y Decreto 10-2012 Art. 70. No es boleta de pago ni constancia SAT.
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