Entraste el 1 de febrero a un BPO en zona 12. El período del aguinaldo corre del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Llegás al 15 de diciembre con 10 meses, no con “casi el año, redondeá”. Con Q55,000 el motor da Q45,833.33. Gravado: Q0.
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Q55,000 × 10 / 12 = Q45,833.33. El año completo sería Q55,000. Abril (8/12) y agosto (4/12) ya se vieron. Febrero es el de 10 meses.
10 meses no es “casi Q55,000”
| Entrada | Meses | Con Q55,000 |
|---|---|---|
| 1 de febrero | 10/12 | Q45,833.33 |
| Año completo | 12/12 | Q55,000 |
| ISR (Art. 70) | exento | Q0 |
Q55,000 × 10 / 12 = Q45,833.33 Exento hasta un salario ordinario. Gravado Q0.
8 meses, 5 meses y 4 meses ya cubrieron otras fracciones. El 15 de diciembre sigue siendo la fecha de pago (Q18,000).
Q45,833.33 si llegás al 30 de noviembre. No Q55,000 “porque faltan dos meses y da igual”.
No en este motor. Art. 70: exento hasta un salario ordinario. Q45,833.33 cabe de sobra.
Otro calendario (1 jul a 30 jun). Febrero da 5/12 del período que cierra en julio, no 10/12. No mezclés las dos pantallas.
No. El proporcional se corta en la fecha de salida. Usá aguinaldo con los meses que sí trabajaste.
Decreto 76-78 y Decreto 10-2012 Art. 70. No es boleta de pago ni constancia SAT.
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