ISR de honorarios asimilados a salarios 2026
Si tus honorarios se asimilan a salarios (LISR art. 94), la empresa no te retiene el 10% del art. 106. Te aplica la tarifa mensual del Art. 96 (Anexo 8 RMF 2026), la misma de la nómina.
Ingreso asimilado de $15,000:
- ISR (Art. 96): $1,402.82
- Neto: $13,597.18
- Si eres consejero o administrador, el piso es 35% = $5,250
ISR = tarifa Art. 96 (Anexo 8 2026) sobre el ingreso del mes Consejo = máximo(ISR de la tarifa, ingreso × 35%)
Cuándo eres asimilado
- Servicio preponderante en las instalaciones del cliente (art. 94-IV)
- Opción por escrito de pagar como asimilado (94-V)
- Honorarios de consejo, administrador o comisario (94-III), con piso del 35%
El 10% es para servicios profesionales independientes (art. 106). Los asimilados viven en el Capítulo I, junto a los salarios.
Por lo regular no en este ingreso. Esta cuenta no descuenta cuota obrera.
Sin subsidio al empleo. No es asesoría del SAT.