¿Cuánto extra cobras si trabajas un feriado?
El Decreto Legislativo 713 (descanso semanal obligatorio, feriados y vacaciones) y la SUNAT tratan el trabajo en día de descanso o feriado no laborable sin descanso sustitutorio como recargo.
Fórmula educativa:
- Jornal = sueldo mensual / 30.
- Sin descanso sustitutorio: extra = 2 jornales (el día trabajado + recargo 100%).
- Con descanso sustitutorio: extra = 1 jornal (solo el recargo 100%).
El jornal del descanso ya va en tu sueldo mensual. Esta calculadora muestra solo el extra.
Ejemplo CTR
Con S/ 2,500 y 1 feriado sin sustituto:
- Jornal = 2,500 / 30 = S/ 83.33
- Extra = 2 × 83.33 = S/ 166.67
Si te dieron otro día libre, el extra baja a S/ 83.33.
Fuentes
- D.Leg. 713 arts. 3, 4 y 9 (descanso semanal y feriados).
- SUNAT — conceptos afectos a ONP (trabajo en día feriado o de descanso).
Estimación educativa. No es boleta ni asesoría laboral. Verifica con tu empleador o SUNAFIL.