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Impuestos

RESICO México 2026: tabla ISR; $25,000 → $250

Tabla mensual RESICO México: tasas de 1% a 2.5% sobre ingresos efectivamente cobrados, sin IVA ni deducciones. $25,000 → $250; $30,000 → $330.

Equipo Calcufast
6 min

Si facturas como persona física en el Régimen Simplificado de Confianza, el ISR del mes no usa la tarifa progresiva del artículo 96. Aplicas una tasa plana al total de CFDI cobrados, sin IVA y sin deducciones (LISR art. 113-E).

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Los mismos números de la calculadora

$25,000 cobrados → $250.00 (1.00%). $30,000 → $330.00 (1.10%). Si una persona moral te retuvo 1.25% sobre $30,000 ($375), el saldo a cargo del mes es $0.

Tabla mensual vigente

Ingresos del mes (sin IVA)TasaISR
Hasta $25,000.001.00%$25,000 → $250.00
Hasta $50,000.001.10%$30,000 → $330.00
Hasta $83,333.331.50%$50,000.01 → $750.00
Hasta $208,333.332.00%$100,000 → $2,000.00
Hasta $3,500,000.002.50%$208,333.34 → $5,208.33

Fuente: Cámara de Diputados, LISR art. 113-E (tabla mensual), art. 113-F (anual) y art. 113-J (retención 1.25%). El último renglón de la tabla mensual copia el tope anual de $3,500,000.

No se apilan tramos

ISR = total_cobrado_sin_IVA × una_sola_tasa

Con $30,000 no pagas 1% de 25,000 más 1.10% del resto. Todo el mes corre al 1.10%.

Retención cuando cobras a una persona moral

El artículo 113-J manda a la persona moral retener 1.25% del pago (sin IVA) y enterarlo a más tardar el día 17. Ese monto se acredita contra el ISR del mes y, si sobra, contra la declaración anual de abril (art. 113-F).

Cuándo sales del régimen

Si en cualquier momento del año los ingresos de la actividad superan $3,500,000, dejas de aplicar esta Sección a partir del mes siguiente. La calculadora RESICO avisa si el acumulado o el ritmo de 12 meses rebasan el tope.

Preguntas frecuentes

Esta es la tabla mensual del artículo 113-E: usa los ingresos efectivamente cobrados del mes, sin IVA ni deducciones. La tabla anual del artículo 113-F es distinta; no apliques sus límites al pago mensual.

A todo lo cobrado en el mes, sin IVA. Con $25,000, el 1% da $250; con $30,000, el 1.10% da $330. No se suman tasas de varios tramos.

No. El artículo 113-J exige a la persona moral retener 1.25% del pago sin IVA. No sustituye la tasa de la tabla mensual: esa tasa depende del total cobrado en el mes.

No. $3,500,000 es el límite anual de ingresos para este régimen de personas físicas. Aunque esa cifra aparece en el último renglón de la tabla mensual, no es un nuevo límite que se reinicie cada mes.

Lo que no cubre esta nota

  • ISR de sueldos (nómina o sueldo neto).
  • RESICO de personas morales (art. 206).
  • IVA (se declara aparte).

No es asesoría fiscal. Confirma tu régimen y tus CFDI en el portal del SAT.

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