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Trabajo

Prima de antigüedad México 2026: $12,000/mes y 5 años → $24,000

LFT art. 162: 12 días de salario por año, topado al doble del mínimo (arts. 485-486). En despido se paga siempre; en renuncia, solo con 15 años. Ejemplo: $400/día × 12 × 5 = $24,000.

Equipo CalcuFast
5 min

La prima de antigüedad es el pago por el tiempo que llevas en la empresa: 12 días de salario por cada año de servicios (LFT art. 162-I). No sustituye al finiquito ni a la indemnización de 3 meses. Se calcula con un salario topado al doble del mínimo del área (arts. 485 y 486).

Calcular mi prima de antigüedad →

Fórmula

Prima de antigüedad

Prima = 12 × años cumplidos × mín(salario diario, 2 × mínimo del área)

Salario diario = salario mensual ÷ 30 (art. 89). Mínimo general 2026: $315.04 → tope $630.08. Frontera norte: $440.87 → tope $881.74.

Ejemplo

Sueldo $12,000 al mes ($400/día), 5 años cumplidos, zona general, despido:

  • $400 < $630.08 → no se topa
  • 12 × 5 × $400 = $24,000

Si el diario fuera $800, el tope manda: 12 × 5 × $630.08 = $37,804.80.

AñosDespido ($400/día)Renuncia ($400/día)
5$24,000$0 (faltan 15 años)
10$48,000$0
15$72,000$72,000

Cuándo sí y cuándo no (art. 162-III)

  1. Despido, justificado o no: se paga con cualquier antigüedad.
  2. Separación con causa imputable al patrón: igual, se paga.
  3. Renuncia voluntaria: solo si cumpliste 15 años, por lo menos.
  4. Muerte o incapacidad: también procede; el destino del pago lo marcan los arts. 115 y 501.

Esta nota usa años cumplidos (enteros), igual que la calculadora. Un tramo incompleto es un caso para tu recibo o la PROFEDET, no un prorrateo inventado aquí.

ISR: 90 salarios mínimos por año

La prima de antigüedad, junto con retiro e indemnizaciones por separación, está exenta hasta 90 veces el salario mínimo general del área por cada año de servicio (LISR art. 93-XIII). Con SMG 2026: 90 × $315.04 = $28,353.60 por año. En el ejemplo de 5 años el tope exento es $141,768 — la prima de $24,000 cabe entera. El excedente, si lo hay, se retiene.

Preguntas frecuentes

No. En renuncia voluntaria el art. 162-III exige 15 años. En despido, esos 8 años sí generan prima: 12 × 8 × diario topado.

No si rebasas el doble del mínimo del área (arts. 485 y 486). Con SMG 2026 el tope general es $630.08 diarios.

No. En despido injustificado van además los 3 meses (art. 48) y, si aplica, 20 días por año (art. 50), más tu finiquito.

Estimación informativa

Contenido educativo, no asesoría laboral ni fiscal. Salario variable, varias áreas geográficas o retiro masivo (art. 162-IV): verifica con un contador o la PROFEDET.

Fuentes

Sigue con: prima de antigüedad, finiquito México y liquidación México.

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