El finiquito son prestaciones ya devengadas. El aguinaldo proporcional (art. 87) es 15 días × (días trabajados / 365) × salario diario. Las vacaciones no gozadas se pagan con prima del 25% (arts. 79 y 80).
Ejemplo: $15,000 al mes, 200 días y 6 vacaciones → $7,859.59. La indemnización de 3 meses + 20 días es liquidación, no finiquito.