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Impuestos

ISR de $9,000: $84.57 (todavía hay subsidio de $535.65)

Con $9,000 el art. 96 2026 cobra $620.22 y el subsidio de $535.65 deja $84.57. $8,000 queda en $0. $10,000 deja $193.37. El crédito se apaga en $11,492.67.

Equipo CalcuFast
7 min

Con $9,000 de base gravable el art. 96 (Anexo 8 RMF 2026) deja $620.22 de ISR bruto. El subsidio al empleo 2026 todavía aplica: $535.65. A cargo: $84.57.

No es el recibo de $8,000 (el crédito cubre todo el bruto y el a cargo queda en $0) ni el de $11,000 ($302.17). El tope del subsidio es $11,492.66. $9,000 cabe adentro.

En un comercio de Puebla o un taller de Monterrey, $9,000 no se van enteros a ISR. El motor deja $84.57 si no hay otras percepciones.

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$9,000: $620.22 menos $535.65

$9,000 − $7,168.52 = $1,831.48 × 10.88% = $199.27. Más la cuota $420.95 = $620.22. Menos el subsidio $535.65 = $84.57.

Base gravableISR brutoSubsidioISR a cargo
$8,000.00$511.42$535.65$0.00
$9,000.00$620.22$535.65$84.57
$10,000.00$729.02$535.65$193.37
$11,000.00$837.82$535.65$302.17

Tasa efectiva: 0.94%, no 10.88%. El 10.88% solo pega a los $1,831.48 arriba de $7,168.52, y el crédito se come casi todo.

PiezaMonto
Cuota fija$420.95
Excedente $1,831.48 × 10.88%$199.27
ISR bruto$620.22
Subsidio al empleo$535.65
ISR a cargo$84.57
Cédula $9,000 (este motor)

límite $7,168.52 · cuota $420.95 · 10.88% bruto = 420.95 + (9,000 − 7,168.52) × 0.1088 = $620.22 a cargo = max(0, 620.22 − 535.65) = $84.57

Qué no es este tramo

  • El corte de $11,000. Esa cédula ya tiene su propia cuenta ($302.17).
  • $12,000. Ahí el subsidio se apaga y el a cargo salta a $946.62.
  • ISR anual. La declaración usa otra tarifa y tus deducciones del año.

Preguntas frecuentes

Sí, en la cédula mensual 2026. Bruto $620.22 menos subsidio $535.65. Con $8,000 el a cargo era $0.

Sí. El crédito de $535.65 aplica hasta $11,492.66. $9,000 y $11,000 caben. $12,000 ya no.

No. Efectiva: 0.94%. El 10.88% solo pega a los pesos arriba de $7,168.52 y el subsidio recorta el resto.

Estimación informativa

No es tu constancia del SAT ni un recibo CFDI. La tarifa es la del Anexo 8 RMF 2026; tu nómina puede traer otras percepciones.

Fuentes

  • Art. 96 LISR / Anexo 8 RMF 2026
  • Subsidio al empleo 2026 (DOF 31-dic-2025)
  • ISR México

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