Con $28,000 de base gravable el art. 96 (Anexo 8 RMF 2026) deja $4,092.45. Sigues en el tramo largo de 21.36%, el mismo de $20,000, $24,000 y $25,000. El 23.52% no abre hasta $35,362.84.
$28,000 − $17,533.65 = $10,466.35 × 21.36% = $2,235.61. Más la cuota $1,856.84 = $4,092.45.
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El 21.36% con $28,000
| Base gravable | Tramo | ISR a cargo |
|---|---|---|
| $25,000.00 | 21.36% | $3,451.65 |
| $28,000.00 | 21.36% | $4,092.45 |
| $35,000.00 | 21.36% | $5,587.65 |
| $35,362.83 | 21.36% | $5,665.15 |
| $35,362.84 | 23.52% | $5,665.16 |
Tasa efectiva: 14.62%, no 21.36%. El 21.36% solo pega a los $10,466.35 arriba de $17,533.65.
límite $17,533.65 · cuota $1,856.84 · 21.36% ISR = 1,856.84 + (28,000 − 17,533.65) × 0.2136 = $4,092.45
Qué no es este tramo
- El 23.52% de $40,000. Esa cédula usa la cuota $5,665.16. $28,000 todavía no llega.
- El 17.92% de $15,000 o $17,000. Ese tramo se acaba en $17,533.64.
- ISR anual. La declaración usa otra tarifa y tus deducciones del año.
Preguntas frecuentes
Sí, en la cédula mensual 2026. Tramo 21.36%. Con $25,000 el a cargo era $3,451.65.
No. El 23.52% empieza en $35,362.84. $28,000 y $35,000 siguen con la cuota $1,856.84.
No. Efectiva: 14.62%. El 21.36% solo pega a los pesos arriba de $17,533.65.
No es tu constancia del SAT ni un recibo CFDI. La tarifa es la del Anexo 8 RMF 2026; tu nómina puede traer otras percepciones.
Fuentes
- Art. 96 LISR / Anexo 8 RMF 2026
- ISR México
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