La prima vacacional mínima es 25% de lo que te pagan por los días de vacaciones (LFT art. 80). Con $15,000 al mes y 1 año (12 días), la prima es $1,500.
Cálculo
Diario = 15,000 ÷ 30 = $500.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Paga de 12 días | 12 × 500 | $6,000.00 |
| Prima 25% | 6,000 × 25% | $1,500.00 |
Al salir de vacaciones sueles recibir paga + prima = $7,500.
Preguntas frecuentes
$1,500 (25% de 12 días).
No en este ejemplo: $1,500 cabe bajo el tope de 15 UMA en total ($1,759.65 en 2026, Art. 93-XIV). No es 15 UMA por día.
Sí. Los 12 días se pagan al 100%; la prima es el 25% extra.
Estimación informativa
Contenido educativo, no asesoría laboral ni fiscal. Verifica LFT, LISR y un contador.
Fuentes
- LFT arts. 76, 80 y 89
- Prima vacacional · vacaciones