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Salario

Anticipos de salario en Guatemala 2026: sin intereses y en mínimo 5 pagos (art. 99)

El patrono no puede cobrarte intereses por un adelanto. La deuda se amortiza en al menos 5 períodos de pago, solo en la parte embargable. Ejemplo con Q5,000.

Equipo CalcuFast
5 min

Los anticipos que el patrono te da a cuenta de salario no pueden devengar intereses (Código de Trabajo, art. 99). Tampoco te pueden descontar de un solo golpe: la deuda (adelanto, pago de más o responsabilidad civil por el trabajo) se amortiza hasta su extinción en un mínimo de cinco períodos de pago, salvo que vos pagues antes de forma voluntaria. Al terminar el contrato, sí puede hacer la liquidación definitiva.

Las tres reglas

| Situación | Qué aplica | Art. | |---|---|---| | Adelanto a cuenta de salario | 0% de interés | 99 párr. 1 | | Deuda por adelanto, pago en exceso o responsabilidad civil del trabajo | Amortizar en ≥ 5 períodos de pago (vos podés pagar más rápido) | 99 párr. 2 | | Al terminar el contrato | El patrono puede liquidar el saldo de una vez | 99 párr. 2 in fine | | Otras deudas con el patrono, socios, familiares o dependientes | Solo se descuentan en la proporción embargable del salario (art. 96: 35% si ganás ≥ Q300) | 99 párr. 3 | | Salarios ≤ Q100 al mes | No se ceden, venden, compensan ni gravan salvo a favor de esposa/concubina/familiares a cargo, y solo en la parte embargable | 100 |

Descuento máximo por adelanto (mientras dura el contrato)

Cuota por período ≤ deuda ÷ 5 y, si no es adelanto de salario, ≤ parte embargable (35% si sueldo ≥ Q300)

Ejemplo: te adelantan Q2,500, sueldo Q5,000, pago mensual

| Concepto | Cálculo | Monto | |---|---|---| | Intereses | Prohibidos | Q0 | | Mínimo de períodos | 5 | 5 meses | | Cuota máxima si respetan el 99 | 2,500 ÷ 5 | Q500 / mes | | Si te descuentan Q2,500 en la primera quincena | Ilegal | Te dejan sin sueldo | | Parte embargable (referencia 96 e) | 5,000 × 35% | Q1,750 (techo de otras deudas, no del adelanto puro) |

Si al mes 3 renunciás o te despiden con Q1,000 de saldo, ese remanente puede entrar a la liquidación de una vez (99 párr. 2).

Errores frecuentes

  1. “Te presto Q2,000 al 10% mensual.” El 99 prohíbe intereses en anticipos de salario.
  2. Descontar el adelanto completo en la siguiente boleta. Mínimo cinco períodos, salvo que vos lo pagues antes.
  3. Compensar una deuda de la tienda del patrono al 100%. El párr. 3 manda la proporción embargable (35% en sueldos de Q300+).
  4. Ceder el sueldo a un prestamista. El 100 lo limita, sobre todo en salarios bajos.

Preguntas frecuentes

No. El art. 99 dice que en ningún caso deben devengar intereses.

En un mínimo de cinco períodos de pago, a menos que vos pagues más rápido. Al terminar el contrato, puede liquidar el saldo.

El adelanto de salario se rige por el mínimo de 5 pagos. Las otras deudas con el patrono o su familia solo en la parte embargable (art. 96: 35% si ganás Q300 o más).

Sueldo neto Guatemala para ver el mes con descuentos, liquidación laboral si el saldo se cierra al salir, y salario mínimo 2026.

Estimación informativa

Guía educativa con base en el Código de Trabajo (Decreto 1441, arts. 96 y 99-100). No constituye asesoría legal.

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