El Labor Code § 510(a) de California fija extras diarias después de 8 horas, doble después de 12 horas, extras semanales después de 40 horas y extras del séptimo día. Cada hora se paga solo a la tasa más alta que aplique: la ley no exige sumar 1.5× y 2× en la misma hora.
Esta página es la regla de California (EE. UU.) para una semana laboral. No es la calculadora federal FLSA de 40 horas, ni la ley laboral de México o Guatemala. No clasifica empleados exentos ni reconstruye la tarifa regular con bonos.
En un día regular: las primeras 8 horas a tarifa regular; de 8 a 12 a 1.5×; después de 12 a 2×.
En el séptimo día de trabajo (si lo marcas): las primeras 8 horas a 1.5×; después de 8 a 2×.
El 1.5× semanal solo aplica a las horas regulares que pasen de 40. Las horas que ya van a 1.5× o 2× no reciben una segunda prima.
US$20/hora y horas [10, 10, 10, 10, 13, 0, 0], sin séptimo día: 40 h regulares + 12 h a 1.5× + 1 h a 2×. Total semanal US$1,200.
Estimación educativa según el Labor Code § 510(a) de California. No aplica jornadas alternativas (Lab. Code §§ 511, 514, 554), agricultura AB 1066, órdenes IWC ni la regla federal de solo 40 horas como este producto.
Fuentes oficiales
- California Labor Code § 510 (primaria)
- Preguntas frecuentes de DLSE sobre extras (explicación secundaria)
Después de 8 horas en el mismo día laboral, salvo una exención o jornada alternativa. Después de 12 horas en ese día es doble.
Las primeras 8 horas del séptimo día de trabajo de la semana van al menos a 1.5×. Después de 8 en ese día, al menos a 2×. Márcalo en el formulario; esta versión no adivina días de calendario consecutivos.
No. La FLSA federal solo cubre horas por encima de 40 en la semana. California también tiene extras diarias de 8, doble después de 12 y el séptimo día.
No. El § 510(a) dice que el empleador no tiene que combinar más de una tasa de extras en la misma hora.