En Guatemala las vacaciones son 15 días hábiles por año (Código de Trabajo, art. 130). Si no las gozás y se liquidan, el día de referencia al piso CE2 no agrícola 2026 es Q135.56 (Q4,066.90 ÷ 30). Año completo: Q2,033.40. Durante la relación no se “compran” en vez de descansar (art. 131).
Liquidación al piso CE2
| Antigüedad | Días | Monto | |---|---:|---:| | 12 meses | 15 | Q2,033.40 | | 6 meses | 7,5 | Q1,016.70 | | 3 meses | 3,75 | Q508.35 |
Ejemplo: un año, te pagaron Q1,000
| Rubro | Cálculo | Monto | |---|---|---| | Lo pagado | “Bonito para el viaje” | Q1,000.00 | | Piso 15 × 135.56 | Art. 130 | Q2,033.40 | | Hueco | 2,033.40 − 1,000 | Q1,033.40 |
Si tu salario real es mayor al mínimo, el día es tu promedio, no Q135.56.
Errores frecuentes
- Pagar 15 días calendario como si fueran hábiles, o al revés, para recortar.
- Sustituir el descanso con plata mientras seguís empleado (art. 131).
- Usar CE1 (jornal Q141.74) en Izabal.
- Olvidar proporcional al que duró 6 meses.
Preguntas frecuentes
El jornal de Q135.56 ya parte Q4,066.90 (base + Q250). No lo restes otra vez.
No. El art. 131 manda gozarlas. La plata es para el finiquito.
Guía educativa con el Acuerdo 256-2025 y arts. 130-131 del Código de Trabajo. No constituye asesoría legal.