Si te pagan por hora, el piso 2026 en CE2 no agrícola sale del jornal de Q135.56 (Q4,066.90 ÷ 30) entre 8 h: Q16.95. Lo que pase de 8 h diurnas va al 1,5×: Q25.43 (art. 121). Un “Q12 la hora” en tienda de Izabal queda bajo.
De mes a hora (CE2, no agrícola)
| Paso | Cálculo | Monto | |---|---|---:| | Mes completo | Acuerdo 256-2025 | Q4,066.90 | | Día | ÷ 30 | Q135.56 | | Hora ordinaria | ÷ 8 | Q16.95 | | Hora extra | × 1,5 | Q25.43 |
Ejemplo: te pagaron Q12/h, 8 h
| Rubro | Cálculo | Monto | |---|---|---| | Lo pagado | 12 × 8 | Q96.00 | | Piso del día | 16.95 × 8 | Q135.60 | | Hueco ese día | 135.60 − 96 | Q39.60 | | 2 h extra a Q12 (sin recargo) | deberían ser 25.43 × 2 | Q50.86 | | Si te las pagaron a 12 | 12 × 2 = 24 | Deuda extra Q26.86 |
(Q16.95 × 8 = Q135.60 por redondeo de centavos; el jornal de tabla es Q135.56.)
Errores frecuentes
- Partir el mes entre 240 h (30×8) y bajar la hora. El Código usa jornada semanal de 44 h, no 48 inventadas; el atajo de este artículo es día/8, no 240.
- Pagar la extra igual que la ordinaria.
- Usar CE1 (capital) en Puerto Barrios.
- Hora “de aprendiz” bajo el piso. El art. 81 no recorta el mínimo.
Preguntas frecuentes
Esa es la vía de extras sobre un sueldo fijo. Aquí el pacto es por hora; el ancla es el jornal diario legal.
El día nocturno ordinario es 6 h. No dividás 8 si tu jornada es nocturna.
Guía educativa con el Acuerdo 256-2025 y el art. 121. No constituye asesoría legal.